Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2007, acompañado de las respuestas de las instituciones

SectionInformaciones

ES Diario Oficial de la Unión Europea 1

IV

(Informaciones)

INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

TRIBUNAL DE CUENTAS

a lo dispuesto en el artículo 248, apartados1y4,del Tratado CE, en los artículos 129 y 143 del Reglamento (CE, Euratom) del Consejo, de 25 de junio de 2002, relativo al Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de las ComuniEuropeas, modificado en último lugar por el Reglamento (CE, Euratom)no 1525/2007 del Consejo, de 17 de diciembre y en los artículos 139 y 156 Reglamento (CE, Euratom) no 215/2008 del Consejo, de 18 de febrero de 2008, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al décimo Fondo Europeo de Desarrollo,

el Tribunal de Cuentas de las Comunidades Europeas, en su reunión de los días 24 y 25 de septiembre de 2008, ha aprobado sus

INFORMES ANUALES

relativos al ejercicio 2007

informes, acompañados de las respuestas de las instituciones a las observaciones del Tribunal, ha sido transmitido a las autoridades responsables de la aprobación de la gestión y a las demás instituciones.

Los miembros del Tibunal de Cuentas son:

Vítor Manuel da SILVA CALDEIRA (presidente), Hubert WEBER, Maarten B. ENGWIRDA, Máire GEOGHEGAN-QUINN,

BOSTOCK, Morten Louis LEVYSOHN, Ioannis SARMAS, Július MOLNÁR, Vojko Anton ANTONČIČ, Gejza HALÁSZ, UCZKIEWICZ, Josef BONNICI, Irena PETRUSKEVIČIENĖ, Igors LUDBORZS, Jan KINST, Kersti KALJULAID, Kikis KAZAMIAS, Massimo VARI, Juan RAMALLO MASSANET, Olavi ALA-NISSILÄ, Lars HEIKENSTEN, Karel PINXTEN, Ovidiu ISPIR, Nadejda SANDOLOVA, Michel CRETIN, Harald NOACK, Henri GRETHEN.

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INFORME ANUAL SOBRE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

(2008/C 286/01)

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ÍNDICE

Introducción general ............................................................... ......... 7

Capítulo 1 Declaración de fiabilidad e información de apoyo ................................. 9
Capítulo 2 Sistema de control interno de la Comisión ....................................... 39
Capítulo 3 Gestión presupuestaria ...................................................... 65
Capítulo 4 Ingresos ............................................................... ... 81
Capítulo 5 Agricultura y recursos naturales ............................................... 101
Capítulo 6 Cohesión ............................................................... . . 139
Capítulo 7 Investigación, energía y transporte ............................................. 157
Capítulo 8 Ayuda exterior, desarrollo y ampliación ......................................... 175
Capítulo 9 Educación y ciudadanía ...................................................... 195
Capítulo 10 Asuntos económicos y financieros ............................................. 209
Capítulo 11 Gastos administrativos y otros gastos ........................................... 227
Anexo I Información financiera sobre el presupuesto general ............................... 245
Anexo II Lista de Informes Especiales aprobados por el Tribunal de Cuentas desde el último informe anual ............................................................... ..... 271

Página

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GENERAL

Tribunal de Cuentas Europeo es la institución de la UE por el Tratado para llevar a cabo la fiscalización de las

comunitarias. Como auditor externo de la Unión Eurocontribuye a mejorar la gestión financiera comunitaria y su consiste en velar, con toda independencia, por los intereses de los ciudadanos de la Unión. Para más información Tribunal, puede consultarse su informe anual de activipublicado, junto con sus informes especiales sobre temas y sus dictámenes sobre las propuestas de legislación, web del Tribunal (www.eca.europa.eu).

presente documento comprende el 31o informe anual sobre la ejecución del presupuesto general de la

Europea relativo al ejercicio 2007. Las respuestas de la y, en su caso, las de las demás instituciones y órganos se presentan con el informe, mientras que el

anual sobre los Fondos Europeos de Desarrollo figura en separado.

Consejo y el Parlamento Europeo determinan anualpresupuesto general de la UE. El informe anual del Tride base al procedimiento de aprobación de la gestión el ciclo presupuestario anual. Parte fundamental del informe es la declaración del Tribunal sobre la fiabilidad cuentas anuales de las Comunidades Europeas y la legaliregularidad de las operaciones subyacentes.

el capítulo 1 del informe se presenta la declaración de y otra información complementaria. El capítulo 2 trata de control interno de la Comisión y el capítulo 3, de llevada a cabo por la Comisión del presupuesto Los restantes capítulos -del 4 al 11- se refieren a los presupuestarios y a los diversos gastos clasificados por de ámbitos políticos.

capítulos4a11 constan, todos ellos, de los siguientes

y análisis de los resultados de los trabajos de audillevados a cabo en el marco de la declaración de fiabien forma de observaciones específicas sobre cada uno los ámbitos presupuestarios,

relativos a los progresos realizados en aplicación de recomendaciones formuladas por el Tribunal y las autopresupuestarias a raíz de anteriores auditorías.

observaciones específicas se basan en una evaluación funcionamiento de los principales sistemas de control y superlos ingresos y los gastos, así como en los resultados de efectuados por el Tribunal respecto de las operacioapreciación global por el Tribunal del conjunto de estos constituye la base de la declaración de fiabilidad.

0.7. Además de formular recomendaciones sobre ámbitos específicos en cada uno de los capítulos consagrados a los ingresos y los gastos, el Tribunal también plantea cuestiones más transversales en los apartados 1.52 a 1.54, 2.41, 2.42, 3.29, 3.32 y 3.33.

El enfoque adoptado es más amplio en la contribución que aporta el Tribunal a la reforma del presupuesto comunitario, iniciada por la Comisión en 2007. El Tribunal afirma en dicha contribución que la reforma debería centrarse tanto en la calidad de las operaciones presupuestarias comunitarias (legalidad, regularidad y rentabilidad) como en las prioridades en materia de gasto y en la equidad. Asimismo, el Tribunal:

- se congratula de que la Comisión opine que es necesario subordinar el gasto comunitario a la evaluación del valor añadido que éste aporte a la Unión y pide una formulación más clara de dicho criterio,

- ofrece una relación de los principios clave que han de aplicarse para organizar el gasto comunitario: claridad de objetivos, simplificación, realismo, transparencia y responsabilidad,

- recomienda a las autoridades políticas que reflexionen en profundidad sobre la elaboración de los programas de gastos para plantearse, por ejemplo, la reestructuración de los mismos en función de sus resultados, un análisis crítico sobre la correcta ponderación de los criterios nacional, regional y local en la gestión de los programas, y un mejor uso del concepto de riesgo admisible,

- señala que los sistemas de recursos propios con que se financia el presupuesto presentan muchas posibilidades de simplificación y aclaración.

0.8. La ejecución presupuestaria corresponde a la Comisión, si bien los Estados miembros cooperan con esta institución para garantizar una utilización de los fondos conforme a los principios de la buena gestión financiera. Se aprecia una tendencia a que los Estados miembros y, con frecuencia, también las entidades fiscalizadoras superiores (EFS) nacionales, desempeñen un papel cada vez más importante en la supervisión y control de los fondos comunitarios...

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