Asunto C-341/07: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 15 de mayo de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Suecia (Incumplimiento de Estado — Directiva 2004/48/CE — Respeto de los derechos de propiedad intelectual — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado)

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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 15 de mayo de 2008 - Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Suecia

(Asunto C-341/07) (1)

(Incumplimiento de Estado - Directiva 2004/48/CE - Respeto de los derechos de propiedad intelectual - No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado)

(2008/C 171/18)

Lengua de procedimiento: sueco

Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 10 de abril de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale per la Lombardia -

Italia) - Termoraggi SpA/Comune di Monza

(Asunto C-323/07) (1)

(Contratación pública - Contrato público de suministros y servicios - Adjudicación sin licitación - Adjudicación por un ente local a una empresa municipal)

(2008/C 171/19)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale Amministrativo Regionale per la Lombardia

Partes

Demandante: Termoraggi SpA

Demandada: Comune di Monza

Con la participación de: Acqua Gas Azienda Municipale (AGAM)

Objeto

Petición de decisión prejudicial - Tribunale Administrativo Regionale per la Lombardia - Interpretación del artículo 6 de la Directiva 92/50/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de servicios (DO L 209, p. 1) - Ámbito de aplicación - Disposiciones nacionales por las que se adjudica a una empresa municipal, sin seguir los procedimientos de contratación pública previstos por la Directiva, la gestión de instalaciones de calefacción de algunos inmuebles municipales.

Fallo

Las Directivas 92/50/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de servicios, y 93/36/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de suministros, no son aplicables a un contrato celebrado entre un ente local y una persona jurídicamente distinta de este último en el supuesto de que el ente local ejerza sobre la persona de que se trata un control análogo al que...

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