Asunto T-153/08: Recurso interpuesto el 25 de abril de 2008 — Shenzhen Taiden Industrial/OAMI — Bosch Security Systems (dibujo o diseño de equipo de comunicaciones)

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Pretensiones de la parte demandante

- Que se revoque íntegramente la decisión de la Sala de Recursos no R 0287/2007-1 de la OAMI y de la División de Oposición no B 855 728, y

- que se condene a la sociedad Amberes al pago de las costas de la instancia.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La parte demandante.

Marca comunitaria solicitada: Marca verbal «SCORPIONEXO» (solicitud de registro no 3.886.249) para productos de las clases 9 y 28.

Titular de la marca o signo que se invoca en el procedimiento de oposición: Amberes, S.A.

Marca o signo que se invoca en el procedimiento de oposición: Marcas figurativas españolas (no 339.142, no 499.599, no 499.600 y no 339.140) e internacionales (no 206.436 y no 206.437) compuestas por el dibujo de un escorpión y la mención «ESCORPION», para productos de las clases 6, 8, 12, 16, 20, 21, y 28; y 22, 24, 25 y 26, respectivamente. Marca verbal española «ESCORPION» (no 555.764), para productos de las clase 25. Marca verbal comunitaria «ESCORPION» (no 778.217), para productos de las clases 22, 24, 25 y 26.

Resolución de la División de Oposición: La División de oposición, que se basó únicamente en la marca figurativa anterior española no 339.142, estimó la oposición para los productos de las clases 9 y 28, denegando íntegramente la solicitud de registro para dichos productos.

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.

Motivos invocados: Aplicación incorrecta del artículo 8, apartado 1, b), del Reglamento (CE) no 40/94 sobre la marca comunitaria.

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Bosch Security Systems BV (Eindhoven, Holanda)

Pretensiones de la parte demandante

- Que se anule la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 11 de febrero de 2008, adoptada en el asunto R 1437/2006-3.

- Que se condene a la OAMI al pago de las costas, incluyendo las derivadas del procedimiento sustanciado ante la Sala de Recurso.

Motivos y principales alegaciones

Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad: Un dibujo o modelo para el producto «equipo de comunicaciones» - Dibujo o modelo comunitario registrado no 214903-001 Titular de la marca comunitaria: La demandante

Solicitante...

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