Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Las autopistas del mar y su integración en la cadena logística»

SectionActos preparatorios

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Las autopistas del mar y su integración en la cadena logística»

(2008/C 151/07)

Mediante carta de 4 de julio de 2007, la Presidencia portuguesa de la Unión Europea, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, solicitó al Comité Económico y Social Europeo que elaborara un dictamen exploratorio sobre

Las autopistas del mar y su integración en la cadena logística

La Sección Especializada de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 18 de diciembre de 2007 (ponente: Sr. SIMONS).

En su 441o Pleno de los días 16 y 17 de enero de 2008 (sesión del 16 de enero de 2008), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por unanimidad el presente Dictamen.

1. Conclusiones

1.1 El transporte marítimo de corta distancia puede desempeñar un papel importante en el desarrollo futuro de la comodalidad y las cadenas logísticas. En este contexto, todos los modos de transporte deben tomarse en consideración. En el contexto de la comodalidad, el transporte marítimo de corta distancia puede servir principalmente para los trayectos largos.

1.2 El Comité confirma su pleno apoyo a las medidas destinadas a desarrollar y promover el transporte marítimo de corta distancia. Desea formular no obstante una serie de cuestiones y observaciones sobre la aplicación real de estas medidas.

1.3 En este contexto, es conveniente precisar la definición de autopista del mar. En opinión del Comité, esta denominación no puede reservarse sólo a los nuevos servicios subvencionados, sino que debe aplicarse a todos los servicios eficientes de transporte marítimo de corta distancia. El Comité expresa su satisfacción por la clarificación de la definición de 'autopista del mar', propuesta por la Comisión en su Documento de trabajo sobre las autopistas del mar, relacionado con la Comunicación «Agenda de la Unión relativa al transporte de mercancías», de 18 de octubre de 2007, especialmente porque incluye los servicios ya existentes (1).

1.4 Concentrar las mercancías en determinados puertos tendrá un efecto negativo en la eficiencia de los servicios, y sin duda provocará congestiones en los puertos y en su zona de influencia (2). Esto no contribuye al desarrollo sostenible del transporte.

1.5 Desarrollar capacidades portuarias adicionales y mejorar las conexiones con las zonas del interior mediante otros modos de transporte debe ser una prioridad en la concepción de las autopistas del mar. Las medidas de apoyo deben concentrarse en estos aspectos, y esto a su vez servirá de apoyo a la política de comodalidad.

1.6 Las medidas de apoyo a las autopistas del mar deben orientarse hacia las infraestructuras, en especial para la ampliación de los puertos y las conexiones con las zonas del interior, sin obstaculizar las medidas de apoyo existentes para los servicios, los costes operativos y la publicidad.

1.7 Evitar la competencia desleal es un aspecto sensible que, debido a la estructura específica del mercado del transporte marítimo de corta distancia, debe abordarse con suma cautela. El objetivo debe ser derivar hacia el transporte marítimo una parte de las mercancías que hoy en día se transportan por carretera, no derivar las mercancías transportadas por mar hacia otro transportista marítimo.

1.8 La Comisión utilizará las normas de calidad como uno de los criterios de evaluación para los proyectos de autopistas del mar. En función de la especificidad del servicio, tales criterios pueden tener en cuenta la frecuencia, la adecuación entre la entrega y el proceso de producción, la fiabilidad, la comodalidad de los servicios (según la definición de la Comisión, es decir, las ventajas que ofrece cada modo de transporte en sí mismo), las conexiones con las zonas del interior, la eficacia de los puertos y los puntos de enlace entre los distintos modos de transporte, la logística electrónica, la eficacia de los procedimientos administrativos, etc.

1.9 En la revisión intermedia del programa de fomento del transporte marítimo de corta distancia, la Comisión señala que debe examinarse la posibilidad de crear una «etiqueta de calidad» para las autopistas del mar. Tal como señala en su dictamen sobre la logística del transporte, el Comité opina que esto no debería suponer para el sector más trabajo burocrático y la asunción de nuevos costes innecesarios.

1.10 Simplificar y reducir los procedimientos administrativos constituye asimismo una prioridad para los servicios de transporte marítimo de corta distancia. Los trámites aduaneros del transporte de mercancías intraeuropeo no deben ser más complicados que los del transporte por carretera. Es preciso adaptar por completo el procedimiento aduanero simplificado tomando como elementos de base las mercancías y el transportista.

1.11 Otros puntos de congestión en la cadena logística deben mejorarse. El Comité apoya plenamente los trabajos emprendidos en el marco de la Comunicación de la Comisión sobre la logística del transporte de mercancías.

1.12 Tanto el transporte marítimo de corta distancia como los servicios logísticos necesitan un personal altamente cualificado. A este respecto, conviene prestar más atención a la contratación, a la educación y a la formación.

(1) Agenda de la Unión relativa al transporte de mercancías [COM(2007)

606] Documento de trabajo de la Comisión sobre las autopistas del mar, de 18.10.2007. (2) TEN/258 «La política portuaria común en la UE» DO C 168 de 20.7.2007, pp. 57-62.

1.13 El paso del transporte por carretera al transporte por mar ofrece ventajas considerables, tanto para el medio ambiente como para la sociedad. Debe fomentarse la mejora de las emisiones de gases de los buques. El Comité confía en que se adopten acuerdos internacionales sobre este tema.

2. Introducción

2.1 En 2004 se incluyó el desarrollo de las autopistas del mar en Europa en la lista de los treinta proyectos prioritarios de desarrollo de la red transeuropea de transporte (RTE-T). El artículo 12 bis de la Decisión 884/2004/CE (3), relativa a las orientaciones comunitarias para el desarrollo de una red transeuropea de transporte, resume los elementos básicos de las autopistas del mar. En concreto, establece que la red transeuropea de autopistas del mar tendrá por objeto concentrar flujos de mercancía en itinerarios logísticos de base marítima, con objeto de mejorar las actuales conexiones marítimas o establecer nuevas conexiones viables, regulares y frecuentes para el transporte de...

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