Informe final del Consejero auditor en el asunto COMP/E-2/39.141 — Fiat (de conformidad con los artículos 15 y 16 de la Decisión 2001/462/CE, CECA de la Comisión, de 23 de mayo de 2001, relativa al mandato de los Consejeros auditores en determinados procedimientos de competencia — DO L 162 de 19.6.2001, p. 21)

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Informe final del Consejero auditor en el asunto COMP/E-2/39.141 - Fiat

(de conformidad con los artículos 15 y 16 de la Decisión 2001/462/CE, CECA de la Comisión, de 23 de mayo de 2001, relativa al mandato de los Consejeros auditores en determinados procedimientos de competencia - DO L 162 de 19.6.2001, p. 21)

(2007/C 307/12)

El proyecto de Decisión presentado a la Comisión de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (CE) no 1/2003 se refiere al suministro de información técnica para la reparación de vehículos de motor de la marca Fiat producidos por Fiat Auto S.p.A. («Fiat»).

La Comisión abrió una investigación sobre el suministro por Fiat de información técnica a talleres de reparación independientes el 22 de diciembre de 2004, tras la publicación de un estudio por el instituto alemán de investigación IKA. El 1 de diciembre de 2006 la Comisión incoó un procedimiento con arreglo al capítulo III del Reglamento (CE) no 1/2003 y adoptó un análisis preliminar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1/2003. En este análisis la Comisión manifestó su inquietud en lo tocante a la competencia, a saber, que Fiat podía no haber suministrado cierta información técnica a talleres de reparación independientes, lo que provocó ciertas dudas por lo que respecta a la compatibilidad de los acuerdos entre Fiat y sus talleres de reparación autorizados con el artículo 81 del Tratado CE. El análisis preliminar de la Comisión se notificó a Fiat el 1 de diciembre de 2006.

En respuesta, Fiat propuso compromisos el 22 de enero de 2007.

El 22 de marzo de 2007, la Comisión publicó un anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, de conformidad con el artículo 27, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1/2003, invitando a las empresas interesadas a transmitir comentarios sobre esta notificación en el plazo de un mes a partir de su publicación. Los comentarios recibidos en respuesta a esta invitación confirmaron en su mayoría la eficacia de los compromisos propuestos por Fiat.

La Comisión ha llegado ahora a la conclusión de que, teniendo en cuenta los compromisos propuestos por Fiat, y sin perjuicio...

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