Asunto C-433/07: Recurso interpuesto el 18 de septiembre de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Portuguesa

SectionAnuncios

Mediante su segundo motivo, las partes recurrentes alegan a continuación que el Tribunal de Primera Instancia ha incurrido en un error de Derecho al considerar que no estaba obligado a incoar un procedimiento formal de examen por la mera razón de que el análisis del fondo del asunto ponía de manifiesto, a su forma, que no se había presentado la prueba de que ello supusiese un beneficio para Orange y SFR. Efectivamente, la incoación de un procedimiento formal de examen en virtud del artículo 88 CE, apartado 2, se justifica cada vez que la Comisión no se halle en condiciones de dilucidar, a la vista de los datos que obran en su poder durante la fase de examen preliminar, si una medida es compatible o no con las normas del Tratado.

Mediante su tercer motivo, las partes recurrentes denuncian tres errores en que ha incurrido el Tribunal de Primera Instancia en lo relativo a la calificación jurídica de los hechos, por lo que atañe, en primer lugar, al pretendido carácter unitario de los procedimientos de concesión de las licencias UMTS, en segundo lugar, al carácter supuestamente incierto de las deudas tributarias condonadas por el Estado y, en tercer lugar, al propio tenor literal del escrito cursado por el Ministerio el 22 de febrero de 2001, el cual pone de manifiesto la garantía de un trato equitativo de los operadores económicos, y no un trato igualitario de éstos.

Mediante su cuarto motivo, las partes recurrentes alegan, para terminar, que el Tribunal de Primera instancia ha incurrido en varios errores de Derecho al aplicar el artículo 87 CE, apartado 1. Dichos errores se refieren, respectivamente, a la aplicación de la excepción fundada en la economía del sistema, a la apreciación efectuada acerca de la (in)existencia de una ventaja competitiva y a la aplicación del principio de no discriminación.

(1) DO L 106, p. 17.

Recurso interpuesto el 18 de septiembre de 2007 - Comisión de las Comunidades Europeas/República

Portuguesa

(Asunto C-434/07)

(2007/C 269/65)

Lengua de procedimiento: portugués

Partes

Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: C. Zadra y M. Telles Romão, agentes)

Demandada: República Portuguesa

Pretensiones de la parte demandante

- Que se declare que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2005/41/CE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, por la que se modifica la Directiva 76/115/CEE del...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT