Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre las actividades financiadas por el sexto, séptimo, octavo y noveno Fondos Europeos de Desarrollo (FED) relativo al ejercicio 2006, acompañado de las respuestas de la Comisión

SectionInformaciones

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 259/1

IV

(Informaciones)

INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

TRIBUNAL DE CUENTAS

Conforme a lo dispuesto en el artículo 248, apartados1y4,del Tratado CE, y en el artículo 116 del Reglamento financiero de 27 de marzo de 2003 aplicable al noveno Fondo Europeo de Desarrollo,

el Tribunal de Cuentas de las Comunidades Europeas, en su reunión del día 27 de septiembre de 2007, ha aprobado su

Informe Anual sobre las actividades financiadas por el sexto, séptimo, octavo y noveno Fondos Europeos de Desarrollo relativo al ejercicio 2006

El informe, acompañado de las respuestas de la Comisión a las observaciones del Tribunal, ha sido transmitido a las autoridades responsables de la aprobación de la gestión y a las demás instituciones.

(2007/C 259/01)

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 259/3

Informe Anual sobre las actividades financiadas por el sexto, séptimo, octavo y noveno Fondos Europeos de Desarrollo (FED)

ÍNDICE

Apartados

1-5

Introducción
Capítulo I Ejecución del sexto, séptimo, octavo y noveno FED

6-8

6-11

Ejecución financiera

Aprobación del décimo FED

9

Informe anual de la Comisión sobre la gestión financiera de los FED

10-11

Capítulo II Declaración de fiabilidad del Tribunal de Cuentas relativa a los FED

12-55

Declaración de fiabilidad del Tribunal de Cuentas relativa al sexto, séptimo, octavo y noveno Fondos Europeos de Desarrollo (FED) del ejercicio 2006

12-55

I-VI

Información de apoyo a la declaración de fiabilidad

12-13

Alcance y naturaleza de la fiscalización

Fiabilidad de las cuentas

14-18

Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes

19-55

ES Diario Oficial de la Unión Europea 31.10.2007

OBSERVACIONES DEL TRIBUNAL RESPUESTAS DE LA COMISIÓN

INTRODUCCIÓN Artículo 61

Los Fondos Europeos de Desarrollo (FED) tienen su origen, una parte, en convenios o acuerdos internacionales (1) entre Estados miembros de la Unión Europea y una serie de Estados África, del Caribe y del Pacífico (países ACP) y, por otra, en del Consejo relativas a la asociación de países y terride ultramar (PTU).

La Comisión es responsable y está encargada de la gestión de parte de los gastos del FED, en colaboración con los paíACP. Desde el 1 de abril de 2003, el Banco Europeo de Inver-(2) (BEI) es el único responsable de la gestión del de inversión del FED, que no está sujeto a la declarade fiabilidad del Tribunal ni al procedimiento de aprobación gestión por el Parlamento Europeo (3)(4).

La dotación financiera de cada uno de los cuatro FED en fase ejecución en 2006, al margen de los instrumentos que ahora el BEI de forma exclusiva, se destinó principalmente a:

la ayuda programable (5) destinada a la realización de proyectos de desarrollo (aproximadamente la mitad de las dotaciones);

la ayuda programable (5) destinada al apoyo presupuestario los países beneficiarios (casi la cuarta parte de las dotaciones);

Convenio de Yaundé I se remonta a 1964. El acuerdo más reciente, de Cotonú, data de 23 de junio de 2000 y se revisó en Luxemburgo 25 de junio de 2005. el marco del noveno FED, la dotación inicial ascendía a 800 millones de euros, de los cuales 2 200 millones de euros se gestionan bajo la responsabilidad del BEI. Véanse los artículos 96, 103 y 112 del Reglamento financiero de de marzo de 2003 aplicable al noveno FED (DO L 83 de 1.4.2003, 1). En su Dictamen no 12/2002 sobre esta propuesta de reglamento C 12 de 17.1.2003), el Tribunal había hecho hincapié en que las

disposiciones citadas reducían el alcance de las competencias de aprobación de la gestión conferidas al Parlamento Europeo. respecto a las operaciones cuya gestión garantiza el BEI, el Tribuejercerá sus competencias de control conforme al Acuerdo Triparque ha suscrito con el BEI y la Comisión (artículo 112 del anteriormente mencionado Reglamento financiero de 27 de marzo

2003 aplicable al noveno FED). ayuda programable se define en el marco de los programas indicanacionales (PIN) y regionales (PIR), así como en el de los proyecy programas financiados en el interior de los países ACP.

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no programable reservada a ámbitos de cooperación como los de ayuda humanitaria y de emergencia, el a los ingresos de exportación (Stabex y Sysmin o, actualFLEX), o a intervenciones financieras como el capital (6) y la ayuda a la reducción de la deuda (algo más de la parte de las dotaciones).

vez finalizada la fase de programación, los recursos se movilizan en dos etapas. A petición del país ACP, la en su calidad de ordenador de pagos principal, toma de financiación (contabilizada como compromiso previo dictamen favorable del Comité del FED (7), que compuesto por representantes de los Estados miembros. En etapa, la Comisión y el país ACP definen las condicioejecución de las decisiones por el ordenador de pagos

(8) del país de que se trate, en el marco de convenios de o bien por la Comisión directamente. Dicho ordecelebra contratos (contabilizados como compromisos juríindividuales) y ordena los pagos que serán controlados y por la Comisión según los procedimientos de ejecuFED.

apoyo presupuestario no se rige por este sistema de gesComisión sigue siendo el único ordenador de pagos. Los de financiación constituyen compromisos jurídicos y a pagos sin necesidad de concluir compromisos jurídiindividuales. Tras comprobar que se cumplen las condiciones de Cotonú y del convenio de financiación, la Comia una primera transferencia de fondos destinados a

presupuestos de los países beneficiarios. Una vez transferidos, fondos se fusionan con los presupuestos de los países ACP,

utilización y control se rigen por la normativa y los procede los países beneficiarios. La Comisión, junto con

donantes internacionales principales, evalúa las mejoras a la gestión de las finanzas públicas en estos países y los en términos de reducción de la pobreza. Antes de propago de los tramos siguientes, esta institución se asegura se cumplen las condiciones definidas en el convenio de

referente al sexto, séptimo y octavo FED, la realización de estas

sigue estando a cargo del BEI bajo la responsabilidad de

Comisión. los proyectos o programas de un valor superior a 8 millones o que representen más del 25 % del programa indicativo, se el dictamen favorable del Comité. Si los proyectos tienen un

inferior a 8 millones de euros, se facilita información previa al del FED.

general, las funciones de ordenador de pagos nacional son ejercilos ministros de finanzas de los países ACP.

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I - EJECUCIÓN DEL SEXTO, SÉPTIMO, OCTAVO NOVENO FED

financiera

El sexto, séptimo, octavo y noveno FED se ejecutaron simulen 2006. Aunque los FED se comprometen por un

de cinco años, no existe un límite temporal para realizar pagos. Veintiún años después de la entrada en vigor del sexto el ordenador de pagos de los FED decidió cerrar el fondo el julio de 2006. En el momento del cierre, se habían realipagos por un valor de 7 339 millones de euros, lo que el 99,3 % de los 7 391 millones de euros asignados a El saldo restante de 52 millones de euros se transfirió noveno FED.

Los cuadros1y2 muestran el uso acumulativo de los recurFED y la ejecución financiera. Los gráficosIyII muestran recursos y las decisiones de carácter acumulativo por sector de intervención. En 2006, los compromisos individuales ascendie-3 073 millones de euros, una vez deducidas las anulaciofrente a los 2 652 millones de euros de 2005. Los pagos

(9) ascendieron a 2 762 millones de euros, frente a los millones de euros del año anterior. El porcentaje de pago, expresa la relación entre los pagos netos y los nuevos comfinancieros, fue del 102 %, frente al 82 % registrado el anterior, lo que indica un mayor ritmo de desembolso de los en 2006. Los compromisos no utilizados permanecieron en torno a los 10 300 millones de euros, cifra que repreel 25 % del total de fondos comprometidos.

6-7. Con arreglo a las agendas de Monterrey y de París, la Comisión ha hecho considerables esfuerzos para aumentar la ayuda y la efectividad. El año 2006 fue un año de gran éxito por lo que respecta a la ejecución de los FED, con niveles sin precedentes de realización de contratos y pagos, significativas reducciones en compromisos antiguos y latentes, el cierre del sexto FED y el avance hacia el cierre final del séptimo FED. El objetivo es comprometer todos los recursos del noveno FED para el final de 2007, dando lugar a que se ejecuten 10 500 millones de euros en el período 2005-2007, lo que constituye el nivel más alto alcanzado en la historia del FED.

En relación con la calidad, la Comisión introdujo en 2006 una cobertura del 100 % por el Grupo de Apoyo a la Calidad en todas las propuestas de financiación del FED tanto en la fase de identificación como en la de valoración. Unos controles centrados en los resultados de más de 1 000 proyectos FED llevaron a la conclusión de que los proyectos, por término medio, estaban avanzando a un ritmo normal o incluso superior al normal. Se completaron 13 evaluaciones que contemplaban la ayuda a los Estados ACP, y que aportarán sus resultados al proceso de programación y al diseño de futuros programas.

La Comisión continuará sus esfuerzos para mejorar la ejecución del FED y continuará siguiendo las recomendaciones hechas por el Tribunal en ese proceso.

Los pagos en los sectores de enseñanza, sanidad, agua y básico se elevaron a 836 millones de euros en 2006,

representa el 29 % del total de gastos. Los sectores de transcomunicaciones y energía reciben también una parte sigde los fondos del FED, con 663...

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