Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Libro Verde — Modernizar el Derecho laboral para afrontar los retos del siglo XXI»COM(2006) 708 final

SectionActos preparatorios

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Libro Verde - Modernizar el Derecho laboral para afrontar los retos del siglo XXI»

COM(2006) 708 final

(2007/C 175/17)

El 22 de noviembre de 2006, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre el «Libro Verde - Modernizar el Derecho laboral para afrontar los retos del siglo XXI».

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos del Comité en este asunto, aprobó su dictamen el 2 de mayo de 2007 (ponente: Sr. RETUREAU).

En su 436o Pleno de los días 30 y 31 de mayo de 2007 (sesión del 30 de mayo de 2007), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 140 votos a favor, 82 en contra y 4 abstenciones el presente Dictamen.

  1. Introducción

    1.1 El Libro Verde sobre la modernización del Derecho laboral pretende:

    - determinar los principales desafíos que son el reflejo evidente de un desfase entre los marcos jurídico y contractual existentes y las realidades del mundo del trabajo. Se hace especial hincapié en la dimensión personal del Derecho laboral, más que en cuestiones de Derecho laboral colectivo;

    - lanzar un debate para examinar cómo podría contribuir el Derecho laboral a fomentar la flexibilidad asociada a la seguridad en el empleo, con independencia de la forma de contrato, y contribuir a la creación de empleo y a la reducción del desempleo;

    - estimular el debate sobre la manera en que los distintos tipos de relaciones contractuales, así como los derechos laborales aplicables a todos los trabajadores, podrían ayudar a los trabajadores y a las empresas, facilitando el movimiento dentro del mercado de trabajo, fomentando el aprendizaje permanente y desarrollando la creatividad del conjunto de la mano de obra;

    - contribuir al programa de mejorar la legislación, fomentando la modernización del Derecho laboral, sin olvidar sus beneficios y costes globales, en particular los problemas que pueden tener las pequeñas y medianas empresas.

    1.2 De este modo, el Libro Verde se propone, con acierto, abordar unos ámbitos tan diversos como las relaciones laborales triangulares, el caso de los trabajadores autónomos que en realidad dependen económicamente de la empresa que les da trabajo, así como la revisión de la Directiva sobre el tiempo de trabajo y la grave cuestión del trabajo no declarado.

    1.3 Por lo que se refiere a las posibles formas de modernizar el Derecho laboral, ámbito en el que la UE puede llevar a cabo una acción complementaria a la de los Estados miembros, el Libro Verde se apoya en la idea de que el contrato habitual (contrato a jornada completa de duración indeterminada) y las protecciones que lo rodean podrían resultar inapropiados para numerosos empresarios y empleados, frenando la adaptación rápida de las empresas y la evolución del mercado y, por tanto, podría constituir un obstáculo a la creación de nuevos puestos

    de trabajo. Por esta razón, tales disposiciones deberían someterse a una revisión.

    1.4 La Comisión anuncia que el Libro Verde, además del asunto del Derecho laboral individual, prepara un debate que servirá de contribución a una Comunicación sobre la flexiguridad que se presentará en junio de 2007. La Comunicación pretende desarrollar este concepto, que existe en varios Estados miembros y que, según las informaciones, asocia la flexibilidad externa e interna de los trabajadores a una seguridad cuyo alcance y financiación aún no se han explicitado. Así pues, la discusión durante el segundo semestre se centrará en un tema más amplio, en el que sin duda deberán incluirse los aspectos de flexibilidad ya conseguidos a través de las leyes o la negociación colectiva y la financiación de la flexiguridad, sin limitarse a un modelo concreto.

  2. Observaciones generales

    2.1 El Comité acoge con interés la iniciativa de la Comisión de poner en marcha un trabajo de reflexión sobre cómo responde el Derecho laboral a los objetivos de la Estrategia de Lisboa, que combinan la búsqueda de un crecimiento sostenible -con abundantes empleos más sostenibles y de mejor calidadcon la cohesión territorial y el desarrollo sostenible. Sin embargo, lamenta que esta consulta se desarrolle en un plazo tan ajustado y que no se hayan realizado distintos trabajos preparatorios.

    2.2 El informe Kok señalaba en noviembre de 2003 la necesidad de fomentar la flexibilidad del mercado laboral y asociarla a la seguridad, sobre todo mejorando la organización del trabajo y haciendo más atractivos -tanto para los trabajadores como para los empresarios- los contratos de trabajo tipo y atípicos, a fin de evitar la aparición de un mercado laboral de dos velocidades. Hay que modernizar y ampliar la noción de seguridad del empleo, de forma que cubra no sólo la protección del empleo, sino también para movilizar la capacidad de los trabajadores para permanecer en el empleo y progresar en él. Es preciso crear el máximo de empleos y mejorar la productividad reduciendo los obstáculos a la creación de nuevas empresas y promoviendo una mejor anticipación y una mejor gestión de las reestructuraciones.

    2.3 Conviene recordar todos estos aspectos de las conclusiones del Grupo de trabajo aprobadas por el Consejo, pues ofrecen una visión de las reformas del mercado laboral destinadas a responder a la Estrategia de Lisboa revisada más completa que la del Libro Verde de la Comisión, centrado en puntos concretos del Derecho laboral individual. En efecto, el Libro Verde recoge sólo parcialmente los elementos contemplados por Kok y no aborda la cuestión de un medio ambiente más seguro que figura en la agenda social.

    2.4 Un enfoque reductor podría suscitar la pérdida de confianza de los ciudadanos europeos, cada vez más escépticos hacia el proyecto social europeo. La Comisión sugiere que convendría considerar la revisión del grado de flexibilidad previsto en los contratos tipo (contrato de duración indeterminada a jornada completa) en lo relativo a los plazos de preaviso, los costes y procedimientos en los despidos individuales o colectivos y también la definición de «despido abusivo», elementos todos ellos que constituyen la piedra angular de la seguridad profesional del trabajador.

    2.5 El Comité expresa su inquietud ante la sugerencia de que el Derecho laboral sería ahora incompatible con la Estrategia de Lisboa revisada al suponer un obstáculo al empleo y que, en las circunstancias actuales, sería incapaz de garantizar una capacidad de adaptación suficiente de las empresas y los trabajadores.

    2.6 El Comité observa que la estrategia establecida en 2000 no ha alcanzado todos sus objetivos. Sin embargo, considera que es preciso ser prudentes en los análisis de las causas de esta situación, y evitar centrarlo todo en el Derecho laboral. La Estrategia de Lisboa revisada debe aspirar a hacer Europa más competitiva, pero también capaz de recuperar el pleno empleo en una sociedad más orientada hacia el respeto al equilibrio entre vida familiar y profesional, que resulte mejor adaptada a las opciones de carrera gracias a la inversión en la capacidad de adaptación de las personas y la lucha contra la exclusión social. La modernización del Derecho laboral es tan solo un instrumento más para lograr estos objetivos.

    2.7 El Comité, en consecuencia, considera que, antes de pronunciarse sobre las orientaciones que deben darse a la modernización del Derecho laboral en Europa, debe procurar poner en perspectiva una serie de consideraciones o iniciativas surgidas de la propia Comisión, como el informe que ha encargado al profesor Supiot y al que se hacen escasas referencias en este contexto o, por ejemplo, las conclusiones del Consejo EPSCO, de los días 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2006, que versó sobre el tema «Un trabajo digno para todos». El objetivo del informe Supiot es llevar a cabo una encuesta longitudinal y constructiva sobre el futuro del empleo y del Derecho laboral en un marco comunitario, intercultural e interdisciplinar, pero el Libro Verde no parece haberse inspirado lo suficiente en este informe.

    2.8 ¿Qué imagen, qué balance se obtiene de las estadísticas públicas, los resultados del marco de protección del Derecho laboral, teniendo presente el objetivo de «más y mejores empleos»?

    2.9 El informe final del grupo Supiot presenta una serie de cuestiones que agrupan las preguntas apropiadas en materia de evolución de las relaciones laborales, como son la globalización de la competencia y de las actividades económicas, la repercusión de las actitudes y de los hábitos de consumo, la liberalización de los mercados, los cambios tecnológicos, el hecho de que los propios trabajadores cambian, tienen más formación y cualificación, son más autónomos, tienen más movilidad y son más individualistas, sin olvidar las nuevas prácticas empresariales en cuanto a la gestión de los recursos humanos, las recompensas a los trabajadores, la exigencia de polivalencia o de flexibilidad en el tiempo de trabajo. El informe Supiot aborda la cuestión de la flexibilidad y la seguridad, así como el importante aspecto del cambio de profesión, y anuncia «el fin del modelo de carrera profesional lineal».

    2.10 En nombre de las exigencias democráticas específicas que el Derecho social ha trasladado al ámbito socioeconómico, el grupo Supiot ha puesto su atención en cuatro puntos que conservan la máxima actualidad en el debate que plantea el Libro Verde (1).

    Por ejemplo:

    - la exigencia de igualdad, con el problema de la igualdad entre hombres y mujeres y en general la no discriminación, sigue siendo un planteamiento actual, porque desde esta perspectiva puede verse mejor la solución a los problemas de precariedad y del mercado laboral de dos velocidades;

    - la exigencia de libertad, que requiere que se proteja al trabajador de la dependencia, es aún una solución a los problemas de la relación laboral...

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