Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios
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Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios
(2007/C 160/08)
La presente publicación otorga el derecho a oponerse al registro con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo (1). Las declaraciones de oposición deberán remitirse a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la fecha de la presente publicación.
FICHA RESUMEN
REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO
MARRONE DI ROCCADASPIDE
No CE: IT/PGI/005/0447/3.1.2005 DOP ( ) IGP ( X )
La presente ficha resumen contiene, a efectos informativos, los principales elementos del pliego de condiciones.
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Servicio competente del Estado miembro:
Nombre: Ministero delle Politiche agricole e forestali
Dirección: Via XX Settembre, 20 I-00187 Roma
Teléf.: (39) 06 481 99 68
Fax: (39) 06 42 01 31 26
e-mail: qtc3@politicheagricole.it
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Agrupación:
Nombre: Cooperativa Agricola «Il Marrone» A r.l.
Dirección: Via Gaetano Giuliani, 28 Roccadaspide (SA) (Italia)
Teléf.: (39) 082 894 74 96
Fax: (39) 082 894 83 24
e-mail: coop.ilmarrone@tiscali.it
Composición: Productores/transformadores ( X ) otros ( )
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Tipo de producto:
Clase 1.6 - Frutas, hortalizas y cereales, en estado natural o transformados, del anexo I: Castaña
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Pliego de condiciones:
[Resumen de las condiciones del artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006]
4.1. Denominación del producto: «Marrone di Roccadaspide»
(1) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.
4.2. Descripción: Por Marrone di Roccadaspide I.G.P. se entiende el fruto de los ecotipos Anserta, Abate y Castaña Roja pertenecientes a la variedad «Marrone». En el momento de despacharse para el consumo, en estado fresco, debe presentar las siguientes características: forma: habitualmente semiesférica, a veces ligeramente elipsoidal; pericarpio: de color castaño oscuro, esencialmente rojizo, con estrías oscuras por lo general poco evidentes; episperma: fino, poco penetrante en el grano, habitualmente adherente; calibre: no supera los 85 frutos por kg. de producto seleccionado y/o calibrado; grano: blanco-lechoso, con pulpa consistente, de sabor dulce, tabicado en no más del 5 %. Comercializado en estado seco (con piel o pelado), debe responder a las siguientes características: a) castañas secas con piel: humedad del fruto entero: no superior al 15 %; el producto debe ser...
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