Información notificada con arreglo al artículo 34 del Código de fronteras de Schengen

SectionComunicaciones

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 153/1

II

(Comunicaciones)

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

COMISIÓN

Información notificada con arreglo al artículo 34 del Código de fronteras de Schengen

(2007/C 153/01)

El artículo 34 del Código de fronteras de Schengen establece que los Estados miembros notificarán a la Comisión las listas de permisos de residencia y de pasos fronterizos, los importes de referencia requeridos para cruzar sus fronteras exteriores, fijados anualmente por las autoridades nacionales, la lista de servicios nacionales responsables del control fronterizo y los modelos de tarjeta expedidos por los Ministerios de Asuntos Exteriores.

  1. Artículo 34, apartado 1, letra a): lista de permisos de residencia

    La legislación búlgara establece el régimen de residencia de las personas físicas en el territorio búlgaro en función de la nacionalidad (nacionales de un Estado miembro de la UE o nacionales de terceros países).

    La ley que regula la entrada, la residencia en la República de Bulgaria y la salida del territorio búlgaro de los ciudadanos de la UE y los miembros de su familia, prevé la expedición de los documentos siguientes:

    Certificado de residencia de larga duración, expedido por el servicio nacional de policía, certifica el derecho de un nacional de la Unión Europea a la residencia de larga duración en la República de Bulgaria.

    Certificado de residencia permanente, expedido por el servicio de policía, certifica el derecho de un nacional de la Unión Europea a la residencia permanente en la República de Bulgaria.

    Permiso de residencia de larga duración, expedido por la autoridad competente, certifica el derecho de un miembro de la familia de un ciudadano de la Unión Europea, que no es nacional de la Unión Europea, a residir durante un período de larga duración en la República de Bulgaria.

    Permiso de residencia permanente, expedido por la autoridad competente, certifica el derecho de un miembro de la familia de un ciudadano de la Unión Europea, que no es nacional de la Unión Europea, a residir de forma permanente en la República de Bulgaria.

    Los diferentes documentos de identidad expedidos a los nacionales de los terceros países (extranjeros) y válidos en el territorio de la República de Bulgaria, previstos en el artículo 14 de la Ley sobre los documentos de identidad búlgaros, son los siguientes:

    1) permiso de residencia de larga duración en la República de Bulgaria para extranjero;

    2)...

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