Asunto T-105/07: Recurso interpuesto el 2 de abril de 2007 — MarketTools/OAMI — Optimus-Telecomunicações (ZOOMERANG)

SectionDictámenes

En segundo lugar, la demandante aduce que la Comisión interpretó equivocadamente el concepto de interés comunitario y que incurrió en errores manifiestos de apreciación y en errores de Derecho e incumplió el deber de motivación.

(1) Reglamento (CE) no 773/2004, de la Comisión, de 7 de abril de 2004, relativo al desarrollo de los procedimientos de la Comisión con arreglo a los artículos 81 y 82 del Tratado CE (DO L 123, p. 18).

Recurso interpuesto el 2 de abril de 2007 - MarketTools/ OAMI - Optimus-Telecomunicações (ZOOMERANG)

(Asunto T-105/07)

(2007/C 129/33)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: MarketTools, Inc. (San Francisco, Estados Unidos) (representantes: W. von der Osten-Sacken y A. González Hähnlein, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: OptimusTelecomunicações, S.A. (Maia, Portugal)

Pretensiones de la parte demandante

- Que se anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de 25 de enero de 2007 (Recurso no R 253/2006-2).

- Que se condene en costas a Optimus-Telecomunicações S.A.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La demandante

Marca comunitaria afectada: La marca denominativa «ZOOMERANG» para productos y servicios comprendidos en las clases 9, 35 y 42 - solicitud no 1.603.950

Titular de la marca o del signo citado en el procedimiento de oposición: Optimus-Telecomunicações, SA

Marca o signo citado: Las marcas denominativa y gráfica nacionales «BOOMERANG» para productos y servicios comprendidos en las clases 9, 16, 35, 37, 38 y 42

Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición en su integridad

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 40/94 del Consejo, dado que la Sala de Recurso no apreció correctamente la similitud de los productos y servicios ni la semejanza de las marcas controvertidas.

Recurso interpuesto el 11 de abril de 2007 - Alcon/OAMI - *Acri.Tec (BioVisc)

(Asunto T-106/07)

(2007/C 129/34)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Alcon, Inc. (Hünenberg, Suiza) (representante: M. Graf, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

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