Aplicación uniforme de la Nomenclatura Combinada (NC) (Clasificación de las mercancías) — Notas explicativas adoptadas de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común
Section | Comunicaciones |
II
(Comunicaciones)
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA
COMISIÓN
APLICACIÓN UNIFORME DE LA NOMENCLATURA COMBINADA (NC)
(Clasificación de las mercancías)
Notas explicativas adoptadas de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (1)
(2007/C 74/01)
Las Notas explicativas de la Nomenclatura Combinada de las Comunidades Europeas (2) quedan modificadas como sigue:
En la página 354
8703 Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para transporte de personas (excepto los de la partida 8702), incluidos los del tipo familiar (break o station wagon) y los de carreras
Antes del texto existente se añade el siguiente texto:
Se incluyen en esta partida los "vehículos mixtos", es decir los vehículos automóviles que pueden transportar tanto personas como mercancías.
1. De tipo camioneta (pick-up):
Este tipo de vehículo dispone habitualmente de más de una fila de asientos y se compone de dos áreas separadas, esto es, una cabina cerrada para el transporte de personas y un área abierta o cubierta destinada al transporte de mercancías.
No obstante, estos vehículos se clasifican en la partida 8704 si la longitud máxima interior del suelo del área destinada al transporte de mercancías es superior al 50 % de la distancia entre los ejes del vehículo o si cuentan con más de dos ejes.
2. De tipo furgoneta (van):
Los vehículos de tipo furgoneta con más de una fila de asientos deben cumplir las especificaciones indicadas en las notas explicativas del SA de la partida 8703.
No obstante, se clasifican en la partida 8704 los vehículos de tipo furgoneta con una fila de asientos y en los que no existan puntos de anclaje permanentes ni...
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