Asunto T-28/07: Recurso interpuesto el 7 de febrero de 2007 — Fels-Werke y otros/Comisión

SectionDictámenes

En tercer lugar, el demandante estima que la Decisión impugnada es ilegal porque, en lugar de cumplir sus funciones limitadas con arreglo al artículo 9, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE, la Comisión llevó a cabo un cálculo completamente independiente del total de emisiones adecuado en Eslovaquia y lo impuso a la República Eslovaca. De este modo, la Comisión usurpó la competencia de los Estados miembros al amparo de los artículos 9 y 11 de la Directiva 2003/87/CE.

En cuarto lugar, el demandante indica que la Decisión impugnada es ilegal en la medida en que se basa en un rígido cálculo matemático impuesto sin consulta pública y que ignora factores conocidos, específicos de Eslovaquia, que influyen en las emisiones durante el período comprendido entre 2008 y 2012. El demandante considera que este modo de proceder vulnera el artículo 9, apartado 1, y el artículo 11, apartado 2, de la Directiva 2003/87/CE, los criterios 1, 2 y 3 del anexo III de la misma Directiva y el principio de protección de las expectativas legítimas. El demandante argumenta que, en la medida en que la Comisión no tiene ningún margen de apreciación, cometió un error manifiesto en dicha apreciación.

Por último, el demandante alega que la Decisión impugnada está afectada por un vicio de desviación de poder ya que viene motivada por el deseo de provocar una escasez de derechos de emisión para empujar al alza los precios de tales derechos.

(1) Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (DO 2003 L 275, p. 32). (2) Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca, y a las adaptaciones de los Tratados en los que se fundamenta la Unión (DO 2003 L 236, p. 33).

Pretensiones de las partes demandantes

- Que se anule el artículo 1, punto 2, de la Decisión de la Comisión de 29 de noviembre de 2006 relativa al plan nacional de asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero notificado por Alemania de conformidad con la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (número del documento no...

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