Anuncio de apertura de un procedimiento de investigación relativo a los obstáculos al comercio, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 3286/94 del Consejo, que representan las medidas adoptadas por el Territorio Aduanero Separado de Taiwán, Penghu, Kinmen y Matsu que afectan a la protección de patentes en materia de discos compactos grabables
Section | Dictámenes |
V
(Dictámenes)
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL COMÚN
COMISIÓN
Anuncio de apertura de un procedimiento de investigación relativo a los obstáculos al comercio, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 3286/94 del Consejo, que representan las medidas adoptadas por el Territorio Aduanero Separado de Taiwán, Penghu, Kinmen y Matsu que afectan a la protección de patentes en materia de discos compactos grabables
(2007/C 47/11)
El 15 de enero de 2007, la Comisión recibió una denuncia basada en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 3286/94 del Consejo (1) (en lo sucesivo «el Reglamento»).
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Denunciante
La denuncia fue interpuesta por Koninklijke Philips Electronics N.V. (en lo sucesivo «Philips»).
Philips es una empresa, constituida de conformidad con la legislación neerlandesa, que tiene su sede estatutaria en Eindhoven (Países Bajos). Philips inventó algunas de las tecnologías básicas en materia de discos compactos grabables (en lo sucesivo «CDR») y es titular de una serie de patentes relacionadas con estas tecnologías. El denunciante alega que el Territorio Aduanero Separado de Taiwán, Penghu, Kinmen y Matsu (en lo sucesivo «el Taipei Chino») ha concedido de forma ilegal licencias obligatorias en relación con dichas patentes.
Philips es una empresa comunitaria a tenor de lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, y el artículo 2, apartado 6, del Reglamento.
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Producto y derechos de propiedad intelectual en cuestión
La denuncia hace referencia a derechos de propiedad intelectual en forma de patentes para las cuales el denunciante otorga licencias a terceras partes con vistas a la fabricación de CD-R (medios ópticos utilizados para almacenar datos digitales o música). El denunciante desarrolló algunas de las tecnologías básicas en este campo y presentó sendas solicitudes de protección mediante patente para cinco invenciones relacionadas con la tecnología de los CD-R. Obtuvo protección mediante patentes para estas cinco invenciones en el Taipei Chino.
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Asunto
La denuncia se centra en la concesión por parte de las autoridades del Taipei Chino de licencias obligatorias relacionadas con las patentes para CD-R del denunciante a Gigastorage Corporation (en lo sucesivo «Gigastorage»), un productor de CD-R del Taipei Chino.
El artículo 76 de la Ley de Patentes del Taipei Chino prevé la concesión de licencias obligatorias en determinadas circunstancias. De conformidad con esta disposición, el 30 de julio de 2002...
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