Asunto T-4/09: Recurso interpuesto el 5 de enero de 2009 — UniCredit/OAMI — Union Investment Privatfonds (UniCredit)
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Pretensiones de la parte demandante
- Que se anule la Decisión de la Comisión de 21 de octubre de 2008, sobre la ayuda de Estado C 20/2008 (ex 62/2008) a la que Italia afirma haber dado cumplimiento mediante una modificación del régimen de ayudas no 59/2004, relativo al mecanismo temporal de defensa para la construcción naval, que lleva el número C(2008)6015 final, notificada a la República Italiana, el día 22.10.2008, junto con una nota de 22.10.2008, no SG-Secretaría (2008) D/206436.
Motivos y principales alegaciones
La Decisión impugnada en el presente asunto es la misma que se recurrió en el asunto T-584/08, Cantiere Navale de Poli/Comisión.
Los motivos y principales alegaciones son similares a los invocados en este asunto.
Recurso interpuesto el 5 de enero de 2009 - UniCredit/ OAMI - Union Investment Privatfonds (UniCredit)
(Asunto T-4/09)
(2009/C 55/82)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano
Partes
Demandante: UniCredit SpA (Roma) (representantes: G. Floridia, avvocato, R. Floridia, avvocato)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Union Investment Privatfonds GmbH (Fráncfort del Meno, Alemania)
Pretensiones de la parte demandante
- Que se anule la resolución dictada el 3 de noviembre de 2008 por la Segunda Sala de Recurso de la OAMI en el asunto R 1449/2006-2, relativo al procedimiento de oposición no B699.746.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La demandante
Marca comunitaria solicitada: La marca figurativa de colores «1 (atravesando oblicuamente un círculo) UniCredit» (solicitud de registro no 2.911.105) para productos y servicios de las clases 9, 16, 35, 36, 38, 39, 41 y 42
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: Union Investment Privatfonds GmbH
Marca o signo invocados en oposición: Marcas denominativas alemanas «UniSECTOR», «UniDynamicFonds» y «UniGarant», para servicios de las clases 35 y 36
Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición por lo que atañe a los servicios de la clase 36
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Aplicación indebida del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 40/94 sobre la marca comunitaria. La parte demandante afirma que la resolución impugnada no...
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