Asunto T-9/09 P: Recurso de casación interpuesto el 15 de enero de 2009 por Luigi Marcuccio contra el auto dictado por el Tribunal de la Función Pública el 4 de noviembre de 2008 en el asunto F-133/06, Marcuccio/Comisión

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Pretensiones de la parte demandante

- Que se anule la Decisión de la Comisión de 21 de octubre de 2008, sobre la ayuda de Estado C 20/2008 (ex 62/2008) a la que Italia afirma haber dado cumplimiento mediante una modificación del régimen de ayudas no 59/2004, relativo al mecanismo temporal de defensa para la construcción naval, que lleva el número C(2008)6015 final, notificada a la República Italiana, el día 22.10.2008, junto con una nota de 22.10.2008, no SG-Secretaría (2008) D/206436.

Motivos y principales alegaciones

La Decisión impugnada en el presente asunto es la misma que se recurrió en el asunto T-584/08, Cantiere Navale de Poli/Comisión.

Los motivos y principales alegaciones son similares a los invocados en este asunto.

Recurso interpuesto el 5 de enero de 2009 - UniCredit/ OAMI - Union Investment Privatfonds (UniCredit)

(Asunto T-4/09)

(2009/C 55/82)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano

Partes

Demandante: UniCredit SpA (Roma) (representantes: G. Floridia, avvocato, R. Floridia, avvocato)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Union Investment Privatfonds GmbH (Fráncfort del Meno, Alemania)

Pretensiones de la parte demandante

- Que se anule la resolución dictada el 3 de noviembre de 2008 por la Segunda Sala de Recurso de la OAMI en el asunto R 1449/2006-2, relativo al procedimiento de oposición no B699.746.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La demandante

Marca comunitaria solicitada: La marca figurativa de colores «1 (atravesando oblicuamente un círculo) UniCredit» (solicitud de registro no 2.911.105) para productos y servicios de las clases 9, 16, 35, 36, 38, 39, 41 y 42

Titular de la marca o del signo invocados en oposición: Union Investment Privatfonds GmbH

Marca o signo invocados en oposición: Marcas denominativas alemanas «UniSECTOR», «UniDynamicFonds» y «UniGarant», para servicios de las clases 35 y 36

Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición por lo que atañe a los servicios de la clase 36

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: Aplicación indebida del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 40/94 sobre la marca comunitaria. La parte demandante afirma que la resolución impugnada no tuvo en cuenta ni la capacidad de percepción del público al cual van destinados los servicios en cuestión ni el...

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