Publicación de una solicitud de registro con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios
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COMISIÓN
Publicación de una solicitud de registro con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios
(2008/C 73/09)
Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo (1). Las declaraciones de oposición deberán remitirse a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la fecha de la presente publicación.
FICHA RESUMEN
REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO
BOEUF DE BAZAS
No CE: FR/PDO/005/0344/21.04.2004 DOP ( ) IGP ( X )
En el presente resumen figuran los principales datos del pliego de condiciones a efectos informativos.
-
Servicio competente del Estado miembro:
Nombre: Institut National de l'Origine et de la Qualité (I.N.A.O.)
Dirección: 51, rue d'Anjou
F-75008 Paris
Tel. (33) 153 89 80 00
Fax (33) 142 25 57 97
E-mail: info@inao.gouv.fr
-
Agrupación:
Nombre: Association pour la Défense du Boeuf de Bazas
Dirección: 3, Lagrange Est
F-33430 Bazas
Tel. (33) 556 25 03 32
Fax (33) 556 25 23 80
E-mail: bazas.elevage@expalliance.fr
Composición: Productores/transformadores ( X ) Otros ( )
-
Tipo de producto:
Clase 1.1: Carne fresca (y despojos)
(1) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.
-
Pliego de condiciones:
[resumen de los requisitos de conformidad con el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006] 4.1. Nombre: «Boeuf de Bazas».
4.2. Descripción: Animal de raza Bazadesa o Rubia de Aquitania, o procedente de un cruce entre estas dos razas.
Carne fresca: canal, media canal, cuartos, corte.
Fecha de sacrificio de los animales:
- novillas: 30 meses mínimo - 48 meses máximo,
- vacas: 36 meses mínimo - 108 meses máximo,
- bueyes: 36 meses mínimo - 60 meses máximo.
Características de las canales:
- peso mínimo:
- 300 kg para las novillas y las vacas,
- 380 kg para los bueyes.
- conformación E, U, R,
- estado de engorde 3 y 4,
- no se desengrasan las canales con un estado de engorde igual a 3, se desengrasan parcialmente las canales con un estado de engorde igual a 4,
- color de la carne: rojo vivo.
4.3. Zona geográfica: Los animales deben haber nacido, haber sido criados, engordados y sacrificados en la zona de producción «Bazas», que comprende:
- el departamento de Gironda,
- los siguientes cantones del departamento de las Landas: Aire sur Adour, Gabarret, Geaune, Grenade sur Adour, Labrit, Mimizan...
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