Asunto C-401/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 6 de diciembre de 2007 — Comisión de las Comunidades Europeas/República Federal de Alemania (Incumplimiento de Estado — Fiscalidad — Sexta Directiva IVA — Prestación de servicios — Albacea — Lugar de ejecución de la prestación — Artículo 9, apartados 1 y 2, letra e))

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Objeto

Petición de decisión prejudicial - Juzgado de lo Mercantil - Interpretación del artículo 4 de la Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de marcas (DO L 40, p. 1) - Concepto de «notoriamente conocida» - Posibilidad de un conocimiento y de un uso restringido a un territorio concreto como una Comunidad Autónoma, región, comarca o ciudad en función del producto o servicio de que se trata y del público destinatario de la marca

Fallo

El artículo 4, apartado 2, letra d), de la Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas, debe interpretarse en el sentido de que la marca anterior debe ser notoriamente conocida en todo el territorio del Estado miembro de registro o en una parte sustancial de éste.

(1) DO C 237 de 30.9.2006.

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 6 de diciembre de 2007 - Comisión de las Comunidades

Europeas/República Federal de Alemania

(Asunto C-401/06) (1)

(Incumplimiento de Estado - Fiscalidad - Sexta Directiva IVA - Prestación de servicios - Albacea - Lugar de ejecución de la prestación - Artículo 9, apartados 1 y 2, letra e))

(2008/C 22/18)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representante: D. Triantafyllou, agente)

Demandada: República Federal de Alemania (representante: M. Lumma, agente)

Objeto

Incumplimiento de Estado - Infracción del artículo 9, apartado 2, letra e), de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados Miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios - Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme (DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54) - Servicios prestados por los albaceas a personas establecidas fuera de la Comunidad, o a sujetos pasivos establecidos en la Comunidad pero fuera del país del prestador - Lugar de la prestación de servicios - Calificación de la actividad del albacea.

Fallo

1) Desestimar el recurso.

2) La Comisión de las Comunidades Europeas cargará, además de con sus propias costas...

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