Asunto T-205/04: Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 20 de noviembre de 2007 — Ianniello/Comisión («Función pública — Funcionarios — Informe de evolución de carrera — Ejercicio de evaluación 2001/2002 — Recurso de anulación — Recurso de indemnización»)

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TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 27 de noviembre de 2007 - Pitsiorlas/Consejo y BCE

(Asuntos acumulados T-3/00 y T-337/04) (1)

(«Acceso a los documentos - Acuerdo de Basilea-Nyborg - Recurso de anulación - Actos impugnables - Motivación - Excepción de ilegalidad - Decisión 93/731/CE - Reglamento interno del Banco Central Europeo - Recurso de indemnización - Responsabilidad extracontractual de la Comunidad por comportamiento ilícito de sus órganos -

Perjuicio - Relación de causalidad»)

(2008/C 8/19)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: Athanasios Pitsiorlas (Tesalónica, Grecia) (representante: D. Papafilippou, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: inicialmente M. Bauer, S. Kyriakopoulou y D. Zachariou, posteriormente M. Bauer y D. Zachariou, agentes), y Banco Central Europeo (representantes: en el asunto T-3/00, inicialmente C. Zilioli, C. Kroppenstedt y P. Vospernik, posteriormente C. Zilioli, C. Kroppenstedt, F. Athanasiou y S. Vuorensola y, por último, C. Zilioli, C. Kroppenstedt y F. Athanasiou y, en el asunto T-337/04, C. Kroppenstedt, F. Athanasiou y P. Papapaschalis, agentes)

Objeto

Por un lado, un recurso de anulación contra las decisiones del Consejo y del Banco Central Europeo por las que se deniegan las solicitudes de acceso del demandante a los documentos relativos al Acuerdo de Basilea-Nyborg de septiembre de 1987 y, por otro lado, un recurso de indemnización por daños y perjuicios.

Fallo

1) Anular la decisión del Consejo de Gobierno de 21 de octubre de 1999, tal y como la conoció el Sr. Athanasios Pitsiorlas mediante escrito del Banco Central Europeo (BCE) de 8 de noviembre de 1999.

2) Desestimar el recurso de anulación en todo lo demás.

3) Desestimar el recurso de indemnización.

4) El BCE, el Consejo y el demandante cargarán con sus propias costas en los asuntos T-3/00 y T-337/04. El Consejo cargará...

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