Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre Turismo social en Europa

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Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Turismo social en Europa»

(2006/C 318/12)

El 19 de enero de 2006, de conformidad con el apartado 2 del artículo 29 del Reglamento Interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen sobre «Turismo social en Europa».

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 26 de julio de 2006 (ponente: Sr. MENDOZA CASTRO).

En su 429o Pleno de los días 13 y 14 de septiembre de 2006 (sesión del 14 de septiembre), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 138 votos a favor, 2 en contra y 4 abstenciones el presente Dictamen.

  1. PARTE PRIMERA: ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL

    1. Introducción

      1.1 El Comité Económico y Social Europeo, en el marco de los diversos dictámenes que viene elaborando como aportación al diseño de una política turística en el ámbito europeo, ha querido elaborar un dictamen sobre el llamado turismo social, analizando sus orígenes, su presencia y realidad actual en Europa, las diferentes experiencias de los diversos Estados miembros y los valores comprometidos en él, y, de forma especial, quiere presentar recomendaciones a las diversas instituciones públicas o privadas para la mayor efectividad, universalización y mejora del turismo social europeo. El presente Dictamen es además, una aportación al actual debate de la política turística europea a través del estudio del turismo social como elemento integrante del modelo turístico europeo.

      1.2 El turismo en Europa: situación actual y retos de futuro. En diversos estudios, informes y dictámenes se ha planteado, por una parte, la situación actual del turismo desde muy diversos puntos de vista: económicos, sociales y medioambientales; su elevada importancia en la actividad económica de Europa, en general, y de diversos países, en particular; su evolución positiva como contribución a la riqueza y el empleo de Europa, rasgos todos ellos que configuran una situación de gran potencia, estabilidad y crecimiento. Por otra parte, se han tenido en cuenta las diversas realidades y amenazas internas y externas a corto, medio y largo plazo que el turismo lleva en su seno con referencia a la estacionalidad, a la utilización, a veces abusiva, de los recursos naturales, a la escasa valoración del patrimonio cultural y del entorno local y a la preocupación por el terrorismo que condiciona la seguridad de las poblaciones y de los turistas. Ambas realidades obligan a considerar que el turismo presenta unos retos de gran importancia si queremos que esa actividad siga la senda del desarrollo sostenible. Sólo a título enunciativo cabe decir que entre esos retos figuran la accesibilidad efectiva para todos los ciudadanos al turismo, su contribución efectiva al desarrollo de numerosos países del mundo no desarrollado, la sostenibilidad medioambiental, el respeto al Código Ético Mundial para el Turismo, la estabilidad y calidad en el empleo y contribución a la paz mundial. Todos esos retos y otros muchos son, para una industria estratégica

      para Europa como es el turismo, la necesaria contribución a una mejor calidad de vida para todos.

      1.3 La política turística en la Unión Europea. El Comité Económico y Social Europeo ya aprobó el 6 de abril de 2005 un Dictamen sobre «La política turística en la Unión Europea ampliada» donde de forma más extensa se analizaba tanto la actual política turística a la luz del Tratado de la Constitución Europea como la repercusión de la ampliación presente y futura. En dicho Dictamen se valoraba positivamente el papel del turismo en las actuaciones de apoyo, coordinación y complemento del resto de las políticas de ámbito europeo. Así, por ejemplo, el turismo tiene mucho que decir respecto a la política de empleo y social, respecto a la mejora de la calidad, respecto a la investigación y desarrollo tecnológico, respecto de la protección de los consumidores, respecto a la política medioambiental y otras muy diversas políticas. Cabe citar de forma especial que en el interior de esa política de empleo y social indicada anteriormente, el presente Dictamen busca concretar y analizar cuál es la contribución del turismo social a esas políticas. El CESE, en el marco de diversos dictámenes relacionados con el turismo, está promoviendo el establecimiento de políticas europeas en torno al eje que configure un modelo turístico europeo, basado no necesariamente en normas sino en valores. Se considera que el turismo social y los valores asociados a él pueden ser elemento constitutivo importante de ese modelo y contribuir a su implantación y difusión.

      1.4 El reto de la Agenda de Lisboa y el turismo social. De forma especial hay que referirse al reto que supone la Agenda de Lisboa para el turismo y específicamente para el turismo social. Si el objetivo estratégico de la Agenda es «Convertir a Europa en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohesión social», tendremos que analizar si el turismo social contribuye de forma eficaz y positiva a alcanzar ese objetivo, cómo lo hace y cómo puede aún contribuir de forma más poderosa. Vaya de entrada que creemos que esa contribución realmente existe, como veremos en el desarrollo del presente Dictamen, pero que puede potenciarse y a tal efecto se propondrán medidas a los diversos agentes que intervienen en el turismo social.

      1.5 Antecedentes del presente Dictamen. Son muy variados los antecedentes del presente Dictamen, tanto desde el punto de vista teórico de estudios, informes, jornadas, como del práctico de las diversas actuaciones y realidades del turismo social en Europa. Tales numerosas contribuciones han surgido de variadas Instituciones públicas y privadas, pero consideramos que en el caso del CESE merece citarse tanto el Dictamen aprobado el 29 de octubre de 2003 «Por un turismo accesible a todas las personas y socialmente sostenible», que en su punto 5.5.2 ya incluía el turismo social como una de las 100 iniciativas, y el Dictamen aprobado el 6 de abril de 2005 sobre «La política turística en la UE ampliada», que incluía el Proyecto de turismo social europeo como posible proyecto piloto de cooperación institucional europea.

    2. El concepto de turismo social

      2.1 El derecho al turismo como fundamento del turismo social. Toda persona tiene derecho al descanso en sus diversas temporalidades: diario, semanal o anual, al tiempo de ocio que le permita desarrollarse plenamente en las diversas facetas de su personalidad y de su integración social. Y en definitiva todas las personas tenemos derecho a ejercer en la práctica ese derecho general al desarrollo personal. El derecho al turismo es sin duda alguna una concreción de ese derecho general y el deseo de universalizarlo y hacerlo accesible a todos en la realidad es lo que fundamenta el turismo social. Por lo tanto el turismo social no es una actividad marginal ni extraña al conjunto de la actividad general del turismo que configura una potente industria en el mundo, en Europa en su conjunto y en particular en varios países de la UE, sino que es una forma de concretar ese derecho de todos a realizar turismo, a viajar, a conocer otras regiones, países, base de la actividad turística. De forma especial cabe resaltar que este derecho viene recogido en el artículo 7 del Código Ético Mundial para el Turismo aprobado en la Organización Mundial del Turismo (OMT) en Santiago de Chile el 1 de octubre de 1999 y adoptado como propio por Naciones Unidas en fecha 21 de diciembre de 2001.

      2.2 Definición del turismo social. Dada la variedad de concepciones de lo que es o se considera turismo social, no es fácil definir con exactitud el concepto de turismo social, por lo que las diversas instituciones que han abordado el tema emplean fórmulas bien diferentes como: identificación de contenido, de resultados esperados, de conjunto de intenciones, ideas y convicciones, pero se basan siempre en una realidad: todas las personas, incluso las menos favorecidas, precisan y tienen derecho a conseguir descanso, ocio y a tiempo reparador del trabajo con periodificación diaria, semanal y anual. Así, para el BITS, el turismo social es «El conjunto de referencias y fenómenos resultantes de la participación en el Turismo de capas sociales de ingresos modestos, participación que se ha hecho posible por medidas de un carácter social bien definido». En la actualidad, el BITS está revisando esta definición, ampliándola a actividades de turismo bajo las condiciones de contribución al desarrollo y la solidaridad.

      2.2.1 Para la Comisión Europea (1) «El turismo social está organizado en algunos países por asociaciones, cooperativas y sindicatos y está destinado a hacer el viaje efectivamente accesible al mayor número

      de personas y de forma especial a las capas más desfavorecidas de la población». Esta definición ya lejana en el tiempo está en revisión tras las reuniones técnicas mantenidas en los últimos años. No creemos que ninguno de los dos intentos de definición sea suficientemente preciso, pero como sucede frecuentemente en el ámbito de las ciencias sociales no es tan importante su exacta definición como la identificación de sus manifestaciones concretas.

      2.2.2 Por ello, y sin ánimo de definir exactamente qué es turismo social y si partimos de la premisa que el turismo es derecho genérico que cabe tratar de concretar en cada persona, podemos decir que existe una actividad de turismo social siempre que se den tres condiciones:

      - Que se detecte una situación real de incapacidad total o parcial de ejercer plenamente el derecho al turismo. Ello puede provenir tanto de condiciones económicas, de discapacidades físicas o mentales, de condiciones de aislamiento personal o familiar, de movilidad reducida, de dificultades geográficas y de una gran variedad de causas que en definitiva suponen un obstáculo...

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