Informe Anual sobre la ejecución presupuestaria, acompañado de las respuestas de las instituciones

SectionComunicaciones
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 263/1

TRIBUNAL DE CUENTAS

Conforme a lo dispuesto en el artículo 248, apartados1y4,del Tratado CE, en los artículos 143 y 181, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo relativo al Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas, y en los artículos 116 y 135, apartado 2, del Reglamento financiero de 27 de marzo de 2003 aplicable al noveno Fondo Europeo de Desarrollo el Tribunal de Cuentas de las Comunidades Europeas, en sus reuniones de los días7y14de septiembre de 2006, ha aprobado sus

INFORMES ANUALES relativos al ejercicio 2005

Los Informes, acompañados de las respuestas de las instituciones a las observaciones del Tribunal, han sido transmitidos a las autoridades responsables de la aprobación de la gestión y a las demás instituciones.

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 263/3

GENERAL

presente documento, que se refiere al ejercicio 2005, el 29o Informe Anual del Tribunal sobre la ejecución del general de la Unión Europea y su Informe Anual Fondos Europeos de Desarrollo.

lo que atañe al Informe Anual sobre la ejecución del general de la Unión Europea, su estructura es ahora

sigue: capítulo 1, la declaración de fiabilidad; capítulo 2, el de control interno de la Comisión (1); capítulo 3, obseresenciales sobre la gestión presupuestaria; capítu-10, ingresos y actividades financiadas por distintas partes presupuesto, reflejando las rúbricas de las perspectivas financapítulo 11, instrumentos financieros y actividades bancarespuestas de la Comisión y, en su caso, las de las demás se presentan con el Informe.

capítulos relativos a los ingresos y los principales ámbigastos contienen los siguientes elementos fundamentales:

detallados de los resultados de los trabajos de audillevados a cabo en el contexto de la declaración de fiaen forma de observaciones específicas,

resultados del seguimiento de los progresos realizados en aplicación de las recomendaciones formuladas por el Tribuy las autoridades presupuestarias a raíz de anteriores auditorías,

lista de los Informes Especiales publicados por el Tribudesde su último Informe Anual.

observaciones específicas se basan en una evaluación funcionamiento de los principales sistemas de control y superlos ingresos y de cada ámbito de gasto, en los resultalos controles efectuados por el Tribunal respecto de las subyacentes y, si procede, en los resultados de los traefectuados por otros auditores. La apreciación global del de estos elementos constituye la base de la declaración presentada en el capítulo 1. Además, en los anexos capítulos4a9 figuran los elementos aplicados para el y la evaluación de la gestión financiera del presucomunitario.

2005 fue el primer ejercicio completo en el que la Unión contó con 25 miembros. Desde un punto de vista finanacontecimiento principal lo constituyó la introducción de basada en el principio de devengo, así como la elade los estados financieros consolidados siguiendo el método. En el capítulo 1 se informa sobre este proceso

Comisión trabaja desde hace tres años en esta compleja transición, si bien, como observa el Tribunal, aún se

mejoras.

0.6. En 2005, el Tribunal destaca una mejora continua del sistema de control interno de la Comisión. En ese mismo ejercicio se elaboró, además, una propuesta de modificación del Reglamento financiero destinada a simplificar y mejorar los procedimientos, que fue modificada en 2006 teniendo en cuenta el dictamen del Tribunal y otras instituciones. Paralelamente, la Comisión efectuó dos propuestas de mejora de las normas de desarrollo del actual Reglamento financiero, que asimismo fueron objeto de un dictamen del Tribunal.

0.7. Por otra parte, la Comisión propuso modificar las normas y los reglamentos sectoriales, en parte en elaboración para el próximo período de perspectivas financieras 2007-2013. Las modificaciones incluyen reglamentos nuevos o modificados relativos a los recursos propios, las acciones estructurales, la agricultura, las políticas internas y las acciones exteriores. El Tribunal continúa contribuyendo a estos procesos a través de dictámenes y seguirá de cerca su aplicación.

0.8. Un elemento importante del programa de reforma que la Comisión viene poniendo en marcha desde 2000 es el sistema de informes anuales de actividad, acompañados de las declaraciones de los directores generales. Aunque la calidad de estos instrumentos fundamentales para la rendición de cuentas y la comunicación se ha reforzado, el Tribunal, como se indica en el presente Informe, continúa encontrando un nivel significativo de errores en la mayoría de los ámbitos de gastos en los que siguen existiendo normas complejas y los gastos se basan sobre todo en la información aportada por los receptores de los fondos. Es preciso seguir reforzando e integrando los sistemas de control y supervisión actuales, con el fin de gestionar los riesgos asociados.

0.9. En su Dictamen no 2/2004 (2) sobre el modelo de «auditoría única», el Tribunal propuso la creación de un marco de control interno comunitario en el que los sistemas actuales o unos nuevos:

- se desarrollaran y aplicaran en la Comisión y en los Estados miembros de manera coordinada, a partir de unos principios y unas normas comunes, y

- se idearan de manera que se logre un equilibrio adecuado entre el coste de los controles y los beneficios que estos aportan desde el punto de vista de la gestión del riesgo de irregularidades.

0.10. Una vez examinadas estas cuestiones y efectuada una consulta sobre las mismas, la Comisión emitió una Comunicación en enero de 2006 (3), en la que establecía su plan de acción para un marco de control interno integrado. El objetivo de la Comisión es proporcionar un control interno eficaz y eficiente de los fondos comunitarios. El Tribunal acoge con satisfacción estos progresos considerando la importancia de que los ciudadanos de la Unión tengan una garantía razonable de que los fondos públicos comunitarios se gestionan de manera legal y regular. El Tribunal evaluará los resultados del plan de acción una vez que se apliquen las medidas pertinentes y sea posible evaluar su impacto.

capítulo se consolida la información presentada previamente capítulo dedicado a la declaración de fiabilidad, así como en cada los capítulos relativos a los ingresos y gastos.

(2) DO C 107 de 30.4.2004. (3) COM(2006) 9 final, de 17.1.2006.

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 263/5

INFORME ANUAL SOBRE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA

(2006/C 263/01)

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 263/7

ÍNDICE

Capítulo 1 Declaración de fiabilidad e información de apoyo ................................. 9
Capítulo 2 Control interno de la Comisión ............................................... 37
Capítulo 3 Gestión presupuestaria ...................................................... 51
Capítulo 4 Ingresos ............................................................... .. 61
Capítulo 5 Política agrícola común ..................................................... 77
Capítulo 6 Acciones estructurales: política regional, empleo y política social, desarrollo rural y pesca ............................................................... ... 115
Capítulo 7 Políticas internas, incluida la investigación ....................................... 133
Capítulo 8 Acciones exteriores ......................................................... 149
Capítulo 9 Estrategia de preadhesión...

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