Notificación previa de una operación de concentración (Asunto no COMP/M.4262 — Carlyle/Vista/Turmed) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado (2)

SectionComunicaciones

Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto no COMP/M.4262 - Carlyle/Vista/Turmed)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(2006/C 149/09)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

  1. El 21 de junio de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual The Carlyle Group («Carlyle», EE.UU.) - mediante su fondo CEP II - y Vista Desarrollo S.A., S.C.R. («Vista», España), filial propiedad al 100 % del Banco Santander Central Hispano S.A. («Banco Santander», España), adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de Turmed, S.L.U. («Turmed», España), controlado actualmente por el grupo turístico español Iberostar, mediante la adquisición de sus acciones.

  2. Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

    - Carlyle: grupo global de inversión en valores privados con una cartera de empresas activas en los sectores aeroespacial y de defensa, automóvil y transporte, comercio al por menor, energía, asistencia sanitaria, servicios industriales, tecnológicos y de servicios, telecomunicaciones y medios de comunicación,

    - Vista: fondo de inversiones privado con participaciones temporales en el capital de empresas no financieras,

    - Banco Santander: activo en el sector financiero, principalmente en el sector de la banca minorista,

    - Turmed: activo en el sector del turismo, principalmente como operador turístico, agencia de viajes y proveedor de servicios aéreos y operaciones de cruceros.

  3. Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al...

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