Convocatoria de oposición general — EPSO/AD/293/14 — Administradores (AD 7) en los siguientes ámbitos: 1. Derecho de la competencia 2. Financiación empresarial 3. Economía financiera 4. Economía industrial 5. Macroeconomía

SectionDatos provisionales

23.10.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea CA 376/1

  1. Derecho de la competencia

  2. Financiación empresarial

  3. Economía financiera

  4. Economía industrial

  5. Macroeconomía

    La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) organiza una oposición general, basada en la titulación académica y una serie de pruebas, con vistas a la constitución de listas de reserva para la contratación de funcionarios [«administradores» (1)] de la Comisión Europea.

    Antes de presentar su candidatura, lea atentamente las Normas generales aplicables a las oposiciones generales, publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea C 60 A de 1 de marzo de 2014 y en el sitio web de la EPSO.

    Esas disposiciones, que forman parte integrante de la convocatoria de la oposición, le ayudarán a comprender las normas relativas a los procedimientos y las modalidades de inscripción.

    1. MARCO GENERAL

    2. FUNCIONES

    3. ELEGIBILIDAD

    4. PRUEBAS DE ACCESO

    5. ADMISIÓN A LA OPOSICIÓN Y SELECCIÓN POR TITULACIÓN ACADÉMICA

    6. CENTRO DE EVALUACIÓN

    7. COMPROBACIÓN DE LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR LOS CANDIDATOS

    8. LISTAS DE RESERVA

    9. ANEXOS

  6. Número de candidatos que figurarán en la lista de reserva, por ámbitos

  7. Observaciones

  8. Cómo inscribirse

    Los perfiles específicos se describen en los anexos.

    En la fecha límite fijada para la inscripción electrónica, deberá cumplir todas las siguientes condiciones generales y específicas:

  9. Condiciones generales a) Ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea.

    1. Estar en plena posesión de sus derechos civiles.

    2. Estar en situación regular respecto de las leyes de reclutamiento militar aplicables.

    3. Reunir las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de las funciones previstas.

  10. Condiciones específicas

    La EPSO solo organizará pruebas de acceso con ordenador si el número de candidatos inscritos supera un determinado umbral, que será fijado por el Director de la EPSO en su condición de autoridad facultada para proceder a los nombramientos, una vez finalizado el plazo de inscripción. La información precisa sobre el umbral correspondiente, que podrá variar según el ámbito considerado, será comunicada a los candidatos a través de su cuenta EPSO.

    De no organizarse pruebas de acceso, se organizarán pruebas de razonamiento en el Centro de Evaluación (véase la sección VI, punto 2).

    El tribunal determinará el nivel de dificultad de las pruebas indicadas en el cuadro que figura a continuación y aprobará su contenido a partir de las propuestas presentadas por la EPSO.

  11. Invitación

    1) al validar su candidatura, declara cumplir las condiciones generales y específicas recogidas en la sección III;

    2) para participar en las pruebas, deberá reservar una fecha; dicha reserva debe hacerse obligatoriamente en el plazo que se le comunicará a través de su cuenta EPSO.

  12. Naturaleza y puntuación de las pruebas

  13. Lengua de las pruebas

    El examen de las condiciones generales y específicas, así como la selección por titulación académica, se efectuarán en primer lugar sobre la base de lo declarado por usted en el formulario de candidatura en línea.

    1. Sus respuestas a las preguntas relativas a las condiciones generales y específicas se estudiarán con el fin de determinar si está entre los candidatos que cumplen todos los requisitos de admisión a la oposición (véase la sección III).

    2. A continuación, el tribunal procederá a la selección por titulación académica de los candidatos que cumplan las condiciones de admisión a la oposición, con el fin de identificar a los que posean el perfil más idóneo (en particular, títulos y experiencia profesional) en relación con la naturaleza de las funciones y los criterios de selección enumerados en la presente convocatoria de oposición. Dicha selección se basará únicamente en los datos que usted proporcione en la pestaña «Talent Screener» («evaluador de talentos») y se llevará a cabo en dos etapas: — cada criterio de selección (véase el punto 4 de los anexos) se ponderará de 1 a 3, en función de la importancia que le atribuya el tribunal,

    — el tribunal examinará a continuación las respuestas de los candidatos y atribuirá una nota de 0 a 4 a cada una de ellas, en función de la titulación académica del candidato. Las notas, multiplicadas por la ponderación de cada pregunta, se sumarán para obtener una puntuación global.

    En caso de que se organicen previamente pruebas de acceso (véase la sección IV), el examen de las condiciones generales y específicas se efectuará por orden decreciente según los puntos obtenidos, por ámbito, hasta alcanzar el número de candidatos que:

    — hayan superado las pruebas de acceso con las mejores notas, y

    — cumplan las condiciones de admisión a la oposición;

    número que habrá sido definido por la autoridad facultada para proceder a los nombramientos (3).

    En caso de que haya varios candidatos con la misma nota en el último puesto de la lista, todos ellos serán admitidos a la fase de selección por titulación académica [véanse las letras a) y b) más arriba]. Los formularios de candidatura electrónicos de los candidatos que queden por debajo de ese umbral no serán examinados.

    El tribunal establecerá posteriormente una clasificación de los candidatos en función de dichas puntuaciones globales. El número de candidatos convocados al Centro de Evaluación (4) corresponderá, por ámbito, como máximo a tres veces el número de candidatos que figurarán en la lista de reserva (5) (véase la sección I). Este número se publicará en el sitio web de la EPSO (http://blogs.ec.europa.eu/eu-careers.info/).

  14. Invitación

    — que, a la luz de los datos proporcionados en el formulario de candidatura electrónico, cumplen las condiciones de admisión generales y específicas de la sección III, Y

    — que han obtenido una de las mejores puntuaciones en la selección por titulación académica,

  15. Centro de Evaluación

    — Capacidad de razonamiento (siempre que no se haya evaluado en pruebas de acceso organizadas previamente), que se evaluará mediante las siguientes pruebas: a) prueba de razonamiento verbal,

    1. prueba de razonamiento numérico,

    2. prueba de razonamiento abstracto.

      — Competencias específicas que se evaluarán mediante las siguientes pruebas: d) entrevista estructurada sobre la base de sus competencias en el ámbito elegido y de las respuestas que haya dado en la pestaña «Talent Screener» («evaluador de talentos») del formulario de candidatura.

      — Competencias generales (8) que se evaluarán mediante las siguientes pruebas: e) un estudio de casos,

    3. un ejercicio en grupo,

    4. una entrevista estructurada.

      Cada una de estas competencias generales será comprobada con arreglo al siguiente modelo:

      Estudio de casos Ejercicio en grupo Entrevista estructurada Análisis y resolución de problemas x x Comunicación x x Calidad y resultados x x Aprendizaje y desarrollo x x Determinación de prioridades y organización x x Resiliencia x x Trabajo en equipo x x Capacidad de dirección x x

  16. Lenguas del Centro de Evaluación

  17. Puntuación y ponderación

    1. verbal: de 0 a 20 puntos Mínimo exigido: 10

    2. numérico: de 0 a 10 puntos

    3. abstracto: de 0 a 10 puntos Mínimo exigido para el conjunto de las pruebas b) y c): 10

    Según los resultados obtenidos en el Centro de Evaluación y sobre la base de los justificantes presentados por los candidatos, la EPSO comprobará las declaraciones que hayan realizado en su formulario de candidatura electrónico por lo que se refiere a las condiciones generales, y el tribunal comprobará lo relativo a las condiciones específicas.

    La comprobación se efectuará, por orden decreciente de méritos, para los candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima requerida y las mejores notas en el conjunto de las pruebas d), e), f) y g). En su caso, dichos candidatos deberán haber obtenido también la puntuación mínima requerida en las pruebas de razonamiento a), b) y c). Esta comprobación se llevará a cabo hasta alcanzar el número de candidatos que puedan figurar en la lista de reserva y que reúnan todas las condiciones de admisión. No se examinarán los expedientes de los candidatos que se sitúen por encima de este número.

    En la valoración de la titulación académica, los justificantes solo serán tenidos en cuenta para confirmar la información ya proporcionada en la pestaña «Talent Screener» («evaluador de talentos»). Si de dicha comprobación resultara que las declaraciones de un candidato no están avaladas por los oportunos justificantes, el candidato será excluido de la oposición.

  18. Inclusión en la lista de reserva

    — si está usted entre los candidatos que han obtenido la puntuación mínima exigida para el conjunto de las pruebas a) a g) y una de las mejores notas para el conjunto de las pruebas del Centro de Evaluación d), e), f) y g) (véase el número de candidatos que figurarán en la lista de reserva, sección I.1) (9);

    — y si, vistos los justificantes, cumple todas las condiciones de admisión (véase la sección III).

  19. Clasificación

    (1) Cualquier referencia contenida en la presente convocatoria a personas de sexo masculino se entenderá también como relativa a personas de sexo femenino.

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