Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el Libro verde sobre sanidad móvil [COM(2014) 219 final]

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19.12.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 458/54

Ponente: Isabel Caño Aguilar

El 10 de abril de 2014, la Comisión Europea, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre el

LIBRO VERDE sobre sanidad móvil

COM(2014) 219 final.

La Sección Especializada de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 1 de septiembre de 2014.

En su 501o pleno de los días 10 y 11 de septiembre de 2014 (sesión del 10 de septiembre), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 180 votos a favor, 1 en contra y 1 abstencion el presente dictamen.

1.1 El CESE destaca la importancia de la sanidad móvil, que cumple múltiples funciones relacionadas con el cuidado de la salud y es una tecnología de futuro de creciente implantación en todo el mundo.

1.2 El CESE valora positivamente el Libro Verde por la contribución que la sanidad móvil puede aportar a los sistemas sanitarios europeos, que afrontan desafíos crecientes, como la evolución demográfica.

1.3 Para el CESE, la prioridad debe ser la mejora de la asistencia sanitaria, no la reducción de costes. El éxito de la sanidad móvil requiere la participación de los profesionales sanitarios, el diálogo con las organizaciones de pacientes, el fomento de la confianza mutua entre pacientes y profesionales y el establecimiento de incentivos y planes de formación para estos últimos. Se debe igualmente establecer un diálogo con la industria del sector.

1.4 El CESE recomienda la realización de campañas de información sobre todos los aspectos relacionados con la sanidad móvil.

1.5 El nuevo marco legal mejora sustancialmente la protección de datos personales de conformidad con la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE pero no existen todavía tecnologías capaces de impedir el acceso indebido a las comunicaciones móviles.

1.6 Los macrodatos son fundamentales para la investigación médica. El CESE considera que: a) debe preservarse el anonimato de los pacientes, b) es conveniente promover los programas de minería de datos, c) debe considerarse la prohibición de patentar y comercializar los macrodatos y d) también es necesario establecer tecnologías y reglas relativas a los metadatos.

1.7 Es necesario regular mediante reglamento: a) «la asistencia sanitaria», de conformidad con la Directiva 2011/24/UE, b) las apps de seguridad y bienestar, c) la asistencia sanitaria transfronteriza, no prevista en las normas actuales.

1.8 Las normas deben establecer la estandarización, la certificación y la aprobación por las autoridades de los sistemas de sanidad móvil y bienestar.

1.9 La Comisión debería considerar el establecimiento de estrategias nacionales vinculantes para garantizar la igualdad en el acceso a la asistencia sanitaria móvil.

1.10 La interoperabilidad técnica y semántica en el marco de la Estrategia Europea de Interoperabilidad es de gran importancia para la generalización de la sanidad móvil.

1.11 El adecuado conocimiento de la normativa y la utilización de aparatos certificados contribuirá a atenuar la responsabilidad de los fabricantes y profesionales médicos.

1.12 La cooperación internacional, con participación de la OMS, en materia de sanidad móvil debe poner como prioridades el establecimiento de una lista de dispositivos de uso médico, los principios éticos, la protección de datos y la interoperabilidad. Debería considerarse la inclusión de la sanidad móvil en la agenda de negociación del TTIP entre EEUU y la UE,

1.13 Es necesario abordar la eliminación de las barreras regulatorias, económicas, estructurales y tecnológicas que perjudican a la industria europea. Las PYME juegan un papel destacado en la sanidad móvil.

2.1 Siguiendo el criterio de la OMS, se considera Sanidad Móvil (SM): «la práctica de la medicina y la prestación de servicios sanitarios mediante dispositivos móviles, como teléfonos móviles, dispositivos de seguimiento de pacientes, asistentes digitales personales (PDA, en sus siglas en inglés) y otros dispositivos inalámbricos».

2.2 La SM tiene un potencial para la atención...

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