Decisión (UE) 2015/5 del Banco Central Europeo, de 19 de noviembre de 2014, sobre la ejecución del programa de adquisiciones de bonos de titulización de activos (BCE/2014/45)

SectionDecision
Issuing OrganizationBanco Central Europeo

6.1.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 1/4

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 127, apartado 2, primer guion,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, su artículo 12.1, párrafo segundo, en relación con su artículo 3.1, primer guion, así como su artículo 18.1,

Considerando lo siguiente:

(1) Conforme al artículo 18.1 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, el Banco Central Europeo (BCE), junto con los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro, puede operar en los mercados financieros mediante, entre otras operaciones, la compra y venta simple de instrumentos negociables.

(2) El 4 de septiembre de 2014 el Consejo de Gobierno decidió que debía ponerse en marcha un nuevo programa de adquisiciones de bonos de titulización de activos (en adelante, «el nuevo programa»). Junto con el tercer programa de adquisiciones de bonos garantizados (1) y las operaciones de financiación a plazo más largo con objetivo específico (2), el nuevo programa mejorará la transmisión de la política monetaria, promoverá el crédito a la economía de la zona del euro, tendrá efectos positivos en otros mercados y, en consecuencia, facilitará la orientación de la política monetaria del BCE, y contribuirá a que las tasas de inflación vuelvan a niveles más cercanos al 2 %.

(3) Como parte de la política monetaria única, la adquisición directa de bonos de titulización de activos admisibles por el BCE con arreglo al nuevo programa debe llevarse a cabo de manera uniforme y, excepcionalmente durante la etapa inicial, de manera centralizada, de conformidad con la presente Decisión.

(4) Una vez transcurra su etapa inicial, se pretende que sean los bancos centrales del Eurosistema los que ejecuten el nuevo programa de manera uniforme y descentralizada de conformidad con una decisión posterior del Consejo de Gobierno con este fin.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Por la presente Decisión se crea un programa de adquisiciones de bonos de titulización de activos en virtud del cual el BCE adquirirá bonos de titulización de activos admisibles conforme al artículo 2 con sujeción a lo dispuesto en la presente Decisión. En virtud del nuevo programa, el BCE podrá dar instrucciones a sus agentes para que adquieran en nombre del BCE, de entidades de contrapartida admisibles conforme al artículo 4, bonos de titulización de activos admisibles.

Será admisible adquirir directamente en virtud del nuevo programa bonos de titulización de activos que cumplan los siguientes requisitos de admisibilidad:

1) Los bonos de titulización de activos tendrán una calificación de calidad crediticia equivalente como mínimo a la categoría 3 de calidad crediticia de la escala de calificación armonizada del Eurosistema (3), expresada en forma de al menos dos calificaciones crediticias públicas emitidas por dos instituciones externas de evaluación del crédito (ECAI)...

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