Decisión (UE) 2015/162 de la Comisión, de 9 de julio de 2014, relativa a la ayuda estatal SA.36612 (2014/C) (ex 2013/NN) aplicada por Letonia en favor de Parex [notificada con el número C(2014) 4550]

SectionDecision

3.2.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 27/12

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 108, apartado 2, párrafo primero,

Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los citados artículos (1),

Considerando lo siguiente:

(1) El 10 de noviembre de 2008, Letonia notificó a la Comisión un conjunto de medidas de ayuda estatal en favor de AS Parex banka (en lo sucesivo denominado «Parex»), destinadas a apoyar la estabilidad del sistema financiero. La Comisión aprobó provisionalmente estas medidas el 24 de noviembre de 2008 (2) (en lo sucesivo denominadas «primera Decisión de salvamento») sobre la base del compromiso asumido por Letonia de presentar un plan de reestructuración para Parex en un plazo de seis meses.

(2) A petición de Letonia, la Comisión aprobó dos conjuntos de enmiendas a las medidas de ayuda relativas a Parex mediante decisiones de 11 de febrero de 2009 (3) (en lo sucesivo denominada «la segunda Decisión de salvamento») y el 11 de mayo de 2009 (4) (en lo sucesivo denominada «la tercera Decisión de salvamento»).

(3) El 11 de mayo de 2009, Letonia notificó un plan de reestructuración para Parex. Mediante Decisión de 29 de junio de 2009 (5), la Comisión concluyó preliminarmente que las medidas de reestructuración notificadas constituían ayuda estatal a Parex y expresó sus dudas en cuanto a que dicha ayuda pudiera considerarse compatible con el mercado interior. En consecuencia, la Comisión decidió incoar el procedimiento previsto en el artículo 108, apartado 2, del Tratado y pidió a Letonia que facilitase la información necesaria para evaluar la compatibilidad de la ayuda.

(4) Entre el 11 de mayo de 2009 y el 15 de septiembre de 2010 se produjeron varios intercambios de información y discusiones entre Letonia y la Comisión en relación con la reestructuración de Parex. Durante ese tiempo Letonia actualizó el plan de reestructuración de Parex en varias ocasiones.

(5) El plan de reestructuración preveía una división de Parex en un «banco bueno» de nueva creación denominado AS Citadele banka (en lo sucesivo denominado «Citadele»), que se haría cargo de todos los activos básicos y algunos de los no básicos (6), y un «banco malo» [en lo sucesivo denominado «Reverta» (7)], que conservaría los restantes activos no básicos y no rentables. Esta división se ejecutó el 1 de agosto de 2010.

(6) Mediante Decisión de 15 de septiembre de 2010 (8) (en lo sucesivo denominada «Decisión final Parex»), la Comisión aprobó el plan de reestructuración de Parex sobre la base de los compromisos presentados por las autoridades letonas el 3 de septiembre de 2010.

(7) Mediante Decisión de 10 de agosto de 2012 (en lo sucesivo denominada «Decisión de modificación») (9), la Comisión aprobó modificaciones de tres compromisos incluidos en la Decisión final Parex a raíz de una solicitud de Letonia. Dichas modificaciones: 1) ampliaron el plazo de cesión de los préstamos de la CEI (10) hasta el 31 de diciembre de 2014; 2) incrementaron el límite de los requisitos mínimos de solvencia permitidos para Citadele al nivel del banco y del grupo; y 3) permitieron prorrogar los límites máximos de los préstamos no utilizados de ejercicios anteriores, aunque respetando los límites iniciales de cuota de mercado.

(8) La Comisión toma nota de que el 5 de junio de 2014 Letonia aceptó, excepcionalmente, que la presente Decisión sea adoptada en lengua inglesa.

(9) El 1 de octubre de 2013 Letonia notificó una solicitud de nueva modificación de la Decisión final Parex y solicitó la prórroga del plazo de cesión del negocio de gestión de patrimonio de Citadele (11). En el curso de la evaluación de esta solicitud de modificación, la Comisión concluyó que Letonia había concedido ayudas estatales a Citadele y Parex más allá de las medidas de ayuda aprobadas por la Comisión.

(10) Entre el […] (12) y el 4 de marzo de 2014 tuvieron lugar varios intercambios de información entre Letonia y la Comisión con respecto a las medidas de ayuda adicionales. Letonia presentó información y documentos el 30 de octubre de 2013 y el 31 de enero y el 4 de marzo de 2014 (incluido un plan revisado de reestructuración de Parex).

(11) Desde el 11 de noviembre de 2013, la Comisión ha recibido también actualizaciones mensuales sobre los avances realizados por Letonia en la venta de Citadele, un proceso que comenzó en octubre de 2013.

(12) Mediante Decisión de 16 de abril de 2014 (en lo sucesivo denominada «la Decisión de incoación»), la Comisión informó a Letonia de que, tras haber examinado la información facilitada por las autoridades letonas, había decidido incoar el procedimiento previsto en el artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) (13). En la Decisión de incoación, la Comisión también invitaba a las partes interesadas a presentar sus observaciones sobre la ayuda; como respuesta a dicha invitación recibió una observación el 23 de mayo de 2014.

(13) Letonia informó a la Comisión de que, por razones de urgencia, aceptaba excepcionalmente que la presente Decisión se adopte en lengua inglesa.

(14) Parex era el segundo banco más grande de Letonia, con unos activos totales de 3 400 millones de lati letones (LVL) (4 900 millones EUR) a de 31 de diciembre de 2008. Parex fue fundado en 1992. En noviembre de 2008, Letonia adquirió el 84,83 % del capital social de la entidad a los dos mayores accionistas, por un precio total simbólico de 2 LVL (aproximadamente 3 EUR), una medida de ayuda estatal aprobada por la Comisión mediante la primera y segunda Decisiones de salvamento. Tras la recapitalización aprobada mediante las decisiones de salvamento, Letonia elevó su participación en Parex hasta cerca del 95 % mediante la inyección de otros 140,75 millones LVL en mayo de 2009, una medida aprobada por la Comisión mediante la tercera Decisión de salvamento.

(15) En abril de 2009, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD) adquirió el 25 % del capital social de Parex más una acción. A raíz de la división de Parex en un banco «bueno» y un banco «malo» en 2010, junto con los cambios en la estructura accionarial, los accionistas de Citadele son ahora Letonia (75 %) y el BERD (25 %), mientras que los accionistas de Reverta son Letonia (84,15 %), el BERD (12,74 %) y otros (3,11 %).

(16) En los considerandos 11 a 15 de la Decisión puede encontrarse una descripción detallada de Parex hasta el momento de la Decisión final Parex.

(17) Parex había sido autorizado a beneficiarse de una serie de medidas de ayuda, aprobadas por la Comisión en la primera, segunda y tercera Decisiones de salvamento (en lo sucesivo denominadas «las Decisiones de salvamento»), así como en la Decisión final Parex.

(18) El plan de reestructuración aprobado por la Comisión en la Decisión final Parex establecía que la ayuda de salvamento aprobada anteriormente por la Comisión debía prorrogarse hasta el final del período de reestructuración y ser dividida entre Citadele y Reverta. La Decisión final Parex también aprobó una ayuda adicional de reestructuración para Reverta y Citadele. Asimismo, estableció un mecanismo de utilización de las ayudas que habían sido aprobadas provisionalmente a través de las Decisiones de salvamento tras la división de Parex, en relación con: a) el aporte de liquidez en forma de depósitos estatales para Citadele y Reverta (14);

  1. las garantías estatales sobre los pasivos de Citadele y Reverta (15);

  2. una recapitalización estatal de Reverta y Citadele (16);

  3. una medida de rescate de activos para Citadele (17).

    (19) Basándose en el informe presentado el 29 de agosto de 2013 por el síndico encargado de la supervisión (18) y los documentos y la información presentados por Letonia desde octubre de 2013, se constató que Letonia había puesto en vigor las siguientes medidas sin notificación previa a la Comisión: a) el 22 de mayo de 2009, Letonia concedió a Parex un préstamo subordinado de 50,27 millones LVL (considerado como capital de nivel 2) con un vencimiento a siete años, es decir, hasta el 21 de mayo de 2016 (en lo sucesivo denominada «la primera medida»). El vencimiento de dicho préstamo subordinado supera el vencimiento máximo de cinco años fijado en la primera Decisión de salvamento y confirmado en la Decisión final Parex;

  4. el 27 de junio de 2013, Letonia concedió a Citadele una prórroga adicional del vencimiento de 18 meses (en lo sucesivo denominada «la segunda medida») de 37 millones LVL de préstamos subordinados (de un total de 45 millones LVL en poder de Letonia en ese momento) (19). Letonia no notificó a la Comisión la prórroga del vencimiento de los préstamos subordinados;

  5. además, desde 2011, Letonia ha facilitado a Reverta aporte de liquidez que supera los límites máximos aprobados por la Comisión en la Decisión final Parex (en lo sucesivo denominada «la tercera medida»), tanto en lo que se refiere a la hipótesis de base como al peor escenario hipotético (20).

    (20) Sobre la base de la información de que disponía la Comisión en el momento de la Decisión de incoación, en lo que se refiere a la primera y la segunda medidas, la Comisión dudaba mucho que pudieran considerarse compatibles con el mercado interior, teniendo en cuenta que: a) en la evaluación original de la compatibilidad de los préstamos subordinados concedidos por Letonia, se consideró que un plazo de vencimiento de dichos préstamos de cinco años era el mínimo necesario y, por tanto, podría ser considerado compatible sobre esta base, y

  6. no se habían presentado nuevos argumentos para justificar por qué un vencimiento más largo era, de hecho, el mínimo estrictamente necesario.

    (21) Del mismo modo, en el momento de la Decisión de incoación no se presentaron argumentos suficientes en el sentido de demostrar la compatibilidad de la tercera medida.

    (22) En virtud de todo ello, la Comisión incoó el procedimiento de investigación formal con...

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