Reglamento de Ejecución (UE) 2015/167 de la Comisión, de 3 de febrero de 2015, que modifica por 225a vez el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

4.2.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 28/40

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida (1), y, en particular, sus artículos 7, apartado 1, letra a), y 7 bis, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento.

(2) El 23 de enero de 2015, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) decidió añadir cuatro entidades a la lista de personas, grupos y entidades a quienes debe aplicarse la congelación de fondos y recursos económicos.

(3) El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 debe actualizarse en consecuencia.

(4) Con el fin de garantizar que las medidas establecidas en el presente Reglamento sean efectivas, el presente Reglamento debe entrar en vigor inmediatamente

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 3 de febrero de 2015.

(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 queda modificado como sigue:

En el epígrafe «Personas físicas», se añaden las siguientes entradas:

  1. «Ashraf Muhammad Yusuf 'Uthman 'Abd Al-Salam [alias a) Ashraf Muhammad Yusif 'Uthman 'Abd-al-Salam; b) Ashraf Muhammad Yusuf 'Abd-al-Salam; c) Ashraf Muhammad Yusif 'Abd al-Salam; d) Khattab; e) Ibn al-Khattab]. Fecha de nacimiento: 1984. Lugar de nacimiento: Iraq. Nacionalidad: jordana. Pasaporte no: a) K048787 (pasaporte jordano); b) 486298 (pasaporte jordano). Documento nacional de identidad no: 28440000526 (número de documento de identidad qatarí). Dirección: República Árabe de Siria (localizado allí en diciembre de 2014). Fecha de designación a que se refiere el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 23.1.2015.»
  2. «Ibrahim 'Isa Hajji Muhammad Al-Bakr [alias a) Ibrahim 'Issa Haji Muhammad al-Bakar; b)...

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