Corrección de errores de la Decisión no 1/2008 (2008/786/CE) de la Comisión Mixta CE-AELC «Tránsito común», de 16 de junio de 2008, por la que se modifica el Convenio de 20 de mayo de 1987 relativo a un régimen común de tránsito ( DO L 274 de 15.10.2008 )

SectionCorrección de errores

19.2.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 45/22

En la página 24, en el anexo I, en el artículo 113, en el apartado 4:

donde dice:

4. A efectos de la aplicación del artículo 4, apartado 2, se considerará que el transportista es el explotador […]

debe decir:

4. A efectos de la aplicación del artículo 8, apartado 2, se considerará que el transportista es el explotador […]

En la página 37, en el anexo V, en el punto 31.1:

donde dice:

31.1. […] el destinatario autorizado estará obligado a enviar sin demora a la aduana de destino los ejemplares no 4 y no 5 de la declaración de tránsito […].

debe decir:

31.1. […] el destinatario...

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