Declaraciones unilaterales sobre el artículo 8 del Convenio relativo a la supresión de la doble imposición en caso de corrección de los beneficios de empresas asociadas

SectionDeclaración

20.2.2015    ES Diario Oficial de la Unión Europea C 62/4

«Por “sanción grave” se entiende una sanción dictada por cualquier delito relacionado con la tributación establecido en la Ley General Tributaria y en leyes tributarias especificas, así como cualquier sanción dictada por los delitos económicos establecidos en el Código Penal.».

«Irlanda considerará como “sanciones graves” aquellos casos en los que se inicien o se hayan iniciado procesos penales, y en los casos específicos en los que se sospeche de la existencia de un fraude fiscal grave.».

(1)  Decisión...

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