Convocatoria de manifestaciones de interés para el puesto de miembro de la Sala de Recurso de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

SectionDatos provisionales

6.3.2015    ES Diario Oficial de la Unión Europea CA 78/1

La Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV), en lo sucesivo denominada «la Oficina», se creó en virtud del Reglamento (CE) no 2100/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994, relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales (1) (denominado en adelante «el Reglamento de base»).

La misión de la Oficina — órgano comunitario dotado tanto de personalidad jurídica como de autonomía jurídica, administrativa y financiera — consiste en administrar el sistema comunitario de protección de las obtenciones vegetales, en cuyo marco específico se conceden derechos de propiedad industrial en relación con las nuevas obtenciones vegetales. Concretamente, le corresponde a la Oficina decidir sobre las solicitudes de concesión de tales derechos, que ofrecen una protección uniforme en todo el territorio de la Comunidad. La Oficina tiene su sede en Angers (Francia).

En virtud del artículo 11 del Reglamento (CE) no 874/2009 de la Comisión (2), se creó una Sala de Recurso competente para resolver sobre los recursos interpuestos contra las resoluciones mencionadas en el artículo 67 del Reglamento de base y, en concreto, sobre la concesión o la denegación de la protección comunitaria de las obtenciones vegetales, las oposiciones, la nulidad o la anulación de la protección comunitaria de las obtenciones vegetales o la concesión o denegación de licencias obligatorias.

La Sala de Recurso está compuesta por un presidente y dos miembros, si bien pueden convocarse otros dos miembros adicionales. Tendrán suplentes que los sustituirán en caso de ausencia. La Sala de Recurso estará compuesta por miembros de formación técnica y de formación jurídica.

El miembro seleccionado deberá ejercer las competencias conferidas a la Sala de Recurso y, en concreto, las de ponente en caso de que sea designado como tal. Entre las funciones de los miembros de la Sala de Recurso se incluyen concretamente las siguientes:

— examinar y decidir sobre los recursos de manera independiente e imparcial,

— respetar los principios y normas jurídicas en los procedimientos,

— actuar como ponente en los recursos,

— llevar a cabo los estudios preliminares de los recursos,

— decidir sobre la admisibilidad de los recursos,

— participar en vistas orales y redactar decisiones sobre los recursos de forma oportuna y exhaustiva.

Se puede consultar más información sobre la Sala de Recurso en el siguiente enlace:

http://www.cpvo.europa...

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