Decisión de Ejecución (UE) 2015/646 de la Comisión, de 23 de abril de 2015, con arreglo al artículo 3, apartado 3, del Reglamento (UE) no 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre cultivos de bacterias destinados a reducir la materia orgánica y a ser comercializados con esta finalidad

SectionDecisión de ejecución
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

24.4.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 106/79

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) no 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (1), y, en particular, su artículo 3, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) El 1 de abril de 2014, Irlanda pidió a la Comisión que decidiera, con arreglo al artículo 3, apartado 3, del Reglamento (UE) no 528/2012, si dos productos consistentes en cultivos de bacterias destinados reducir la materia orgánica y a ser comercializados con esta finalidad eran biocidas a efectos del artículo 3, apartado 1, letra a), de dicho Reglamento.

(2) Según la información facilitada, el primer producto disuelve los sedimentos orgánicos, reduce los niveles de sulfuro de hidrógeno y nitrógeno amoniacal, y purifica el agua de estanques y lagunas, mientras que el segundo producto acelera la oxidación biológica de los desechos sólidos orgánicos y la degradación orgánica biológica, mejora la eficiencia de la digestión aeróbica, reduce los sedimentos orgánicos del fondo de los lagos, estanques y sistemas de aguas residuales, y disminuye la producción de olores gaseosos.

(3) Como efecto secundario, estos productos reducen el desarrollo de algas en las masas de agua, pero no se destinan a esta finalidad y no anuncian que puedan utilizarse para ello.

(4) De conformidad con el artículo 3, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) no 528/2012, solo son biocidas los productos con la finalidad de destruir, contrarrestar o neutralizar cualquier organismo nocivo, o de impedir su acción o ejercer sobre él un efecto de control de otro tipo, por cualquier medio que no sea una mera acción física o...

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