Dictamen del Comité de las Regiones Europeo — Hacia un enfoque integrado del patrimonio cultural europeo

SectionDictamen de propia iniciativa
Issuing OrganizationComité de las Regiones

12.6.2015    ES Diario Oficial de la Unión Europea C 195/22

EL COMITÉ DE LAS REGIONES DE LA UNIÓN EUROPEA

1. acoge favorablemente la Comunicación «Hacia un enfoque integrado del patrimonio cultural europeo», que persigue dos objetivos: por un lado, evaluar las repercusiones económicas y sociales del patrimonio cultural y, por otro, poner de manifiesto que Europa se encuentra en un punto de inflexión, es decir, ante la posibilidad de responder a los retos del sector del patrimonio cultural mediante un enfoque estratégico, global e integrado. El Comité acoge especialmente que la Comunicación haga hincapié en la importancia de aprovechar las oportunidades que permitirán favorecer un crecimiento inteligente, sostenible e integrador y que haga un llamamiento para utilizar plenamente los fondos europeos destinados al patrimonio cultural. El Comité de las Regiones Europeo coincide con la Comisión en que el intercambio de buenas prácticas e ideas requiere una cooperación más estrecha y coordinada desde el nivel local al nivel europeo, para lo que ofrece su colaboración;

2. reconoce que el Consejo de Europa lleva tiempo desempeñando un trabajo fructífero en favor del patrimonio cultural e invita a mantener una colaboración estrecha tanto a nivel legislativo como práctico. Por lo que respecta al tema de la Comunicación, el Comité llama la atención sobre el Convenio Marco sobre el Valor del Patrimonio Cultural para la Sociedad (Convenio de Faro), que protege todas las formas de patrimonio cultural que existen en Europa y que, juntas, constituyen la base común de la memoria, el entendimiento mutuo, la identidad, el sentimiento de pertenencia y la creatividad (1). Al mismo tiempo, el CDR sigue con atención el Foro Mundial de la UNESCO sobre la cultura y las industrias culturales, cuyos objetivos están en consonancia con la posición del Comité de las Regiones Europeo de que sería conveniente, en el marco de la agenda para el desarrollo después de 2015, integrar plenamente la cultura y el patrimonio cultural, respetando plenamente el principio de subsidiariedad (2);

3. destaca la importancia del papel que el conjunto de los niveles de poder puede desempeñar, con la participación activa de los agentes implicados, en la protección y el apoyo del patrimonio cultural europeo, así como en la valorización de la diversidad del patrimonio cultural al servicio de la recuperación económica, habida cuenta de los retos del siglo XXI. De conformidad con el Tratado de Lisboa, la Unión Europea respetará la riqueza de su diversidad cultural y lingüística y velará por la conservación y el desarrollo del patrimonio cultural europeo (3). La Unión contribuirá al florecimiento de las culturas de los Estados miembros, dentro del respeto de su diversidad nacional y regional, poniendo de relieve al mismo tiempo el patrimonio cultural común (4). La diversidad cultural, histórica y social dará pie a las innovaciones del mañana en los ámbitos económico, científico, artístico y político, así como en el día a día;

4. destaca que el patrimonio cultural forma parte de los sectores cultural y creativo, que está compuesto por la suma de recursos, bienes y conocimientos materiales, inmateriales y naturales legados por el pasado, y que puede ayudar a perfilar la imagen de los municipios, las ciudades y las regiones y contribuir considerablemente a alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020 y a reforzar la cohesión social. El patrimonio cultural es un valor común, un bien común que, reconocido, puede contribuir a crear una visión de futuro. La conservación del patrimonio, su valorización y la garantía de su continuidad son una misión, una responsabilidad y un objetivo comunes. En cuanto a la protección y la conservación del patrimonio cultural de los Estados miembros de la UE, el Comité se muestra de acuerdo con lo señalado en la Comunicación en el sentido de que hay que destacar la importancia que revisten el artículo 36 del Tratado (5), el Reglamento (CE) del Consejo no 116/2009 relativo a la exportación de bienes culturales (6) y la Directiva 2014/60/EU relativa a la restitución de bienes culturales que hayan salido de forma ilegal del territorio de un Estado miembro;

5. estima que el papel del patrimonio cultural sigue estando infravalorado. En efecto, el porcentaje de las ayudas estatales consagrado a los objetivos ligados al patrimonio cultural no deja de disminuir. Siendo conscientes de que el patrimonio cultural es más que un valor económico y siendo sensibles a los recortes económicos que puedan afectar al mismo, el inmenso patrimonio cultural que posee la Unión Europea obliga a buscar también nuevas vías de financiación para su conservación. Asimismo, el Comité se congratula de los avances de la Comisión Europea en materia de medidas legislativas, así como de la ampliación –en el marco de la modernización de las normas relativas a las ayudas estatales– del campo de aplicación del Reglamento general de exención por categorías (7) a las ayudas destinadas a promover la cultura y la conservación del patrimonio; con esta evolución se reconoce, por una parte, la importancia del patrimonio cultural como factor de creación de empleo y, por otra, su papel de transmisor de identidades y valores que constituyen una sociedad, dos características que hay que tener en cuenta en el marco de la concesión de ayudas estatales;

6. destaca que el patrimonio natural forma parte integrante del patrimonio cultural y lamenta que la Comunicación no haga referencia a esta cuestión. En este sentido acoge favorablemente que el Reglamento (UE) no 651/2014 de la Comisión (8) reconozca claramente que «puesto que el patrimonio natural es a menudo determinante en la definición del patrimonio artístico y cultural, debe entenderse que la conservación del patrimonio en el sentido del presente Reglamento incluye también el patrimonio natural vinculado al patrimonio cultural o reconocido oficialmente por las autoridades competentes de un Estado miembro»;

7. acoge favorablemente la introducción, en la Directiva 2014/52/UE recientemente revisada sobre la evaluación de las incidencias sobre el medio ambiente (9), la idea de que también es importante tener en cuenta la posible incidencia de los proyectos públicos y privados en el patrimonio cultural. Estas disposiciones europeas podrán incentivar las medidas aprobadas por los entes territoriales en el ámbito cultural, así como el desarrollo integrado y la viabilidad de la protección y la conservación del patrimonio cultural en el marco de sus complejos planes de urbanismo y desarrollo territorial;

8. llama la atención sobre el hecho de que la destrucción de la propiedad cultural, así como las excavaciones no autorizadas y el tráfico de bienes culturales no solo representan una amenaza para la sostenibilidad y la protección del patrimonio cultural, sino que siguen planteando un problema que exige una respuesta colectiva a nivel europeo e internacional. Para ello, se requieren cauces de comunicación abiertos y una estrecha cooperación entre los Estados miembros de la UE, los países candidatos a la adhesión y terceros países. El Comité acoge con satisfacción la puesta en marcha del Sistema de Información del Mercado Interior (IMI), creado por el Reglamento (UE) no 1024/2012, y espera con interés el establecimiento de un módulo del sistema IMI específicamente diseñado para bienes culturales, que debería facilitar la aplicación de la Directiva 2014/60/UE;

9. considera que la Comisión debería abordar eficazmente la falta de datos a escala de la UE sobre la contribución del patrimonio cultural al crecimiento económico y la cohesión social. Para ello, aboga por la creación y la puesta en marcha de una base de datos europea a la que podrían contribuir diferentes proyectos creados en este sentido (10). Asimismo, insta a que se elaboren normas en las que puedan basarse análisis de la relación coste-beneficio que permitan demostrar el alcance de la contribución económica y social del patrimonio cultural, poniendo de relieve el beneficio real de este patrimonio como fundamento para la adopción de medidas de conservación adicionales.

10. respalda el método abierto de coordinación en el marco de la Agenda Europea para la Cultura ya que estructura la cooperación cultural mediante objetivos estratégicos y facilita la comunicación entre los Estados miembros, la difusión de buenas prácticas y el aprendizaje mutuo. El CDR recomienda que se examine, en colaboración con la Comisión Europea, la posibilidad de que el Comité también esté representado a partir del 2015 en los grupos de trabajo previstos en el nuevo plan de trabajo en materia de cultura. El Comité reitera, además, que los representantes nacionales deberían consultar sistemáticamente a los agentes locales y regionales para que puedan plantear las cuestiones con conocimiento de causa (11) y garantizar que la experiencia, los conocimientos y la experiencia acumulada a nivel local y regional, así como las propuestas creativas e innovadoras sobre los resultados obtenidos en los ámbitos más importantes, se valoricen mediante la difusión de buenas prácticas;

11. destaca que el patrimonio cultural constituye una piedra angular en la identidad local, regional, nacional y europea. Su conservación y protección, así como el refuerzo de la identidad social a nivel local y regional, son elementos fundamentales para la sostenibilidad, que garantizarán la conservación de los valores europeos para las generaciones venideras y la continuidad de las tradiciones y los conocimientos. El patrimonio cultural está centrado en la sociedad y...

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