Dictamen del Comité Consultivo en materia de concentraciones emitido en su reunión, de 16 de noviembre de 2007, en relación con un proyecto de decisión relativa al asunto COMP/M.4647 — AEE/Lentjes — Ponente: Letonia

SectionInformaciones

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 101/43

Dictamen del Comité Consultivo en materia de concentraciones emitido en su reunión de 16 de noviembre de 2007 en relación con un proyecto de decisión relativa al asunto COMP/M.4647 -

AEE/Lentjes

Ponente: Letonia

(2009/C 101/05)

  1. Los miembros del Comité consultivo coinciden con la Comisión en que la operación notificada constituye una concentración a efectos del Reglamento (CEE) n o 139/ 2004 sobre concentraciones.

  2. Los miembros del Comité consultivo coinciden con la Comisión en que, aunque la operación notificada no tiene una dimensión comunitaria en el sentido del artículo 1 del Reglamento de concentraciones, puede ser analizada en virtud de la normativa nacional en materia de competencia de Austria, Alemania, Irlanda y Reino Unido. Por lo tanto, puede ser examinada por la Comisión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4, apartado 5, del Reglamento sobre concentraciones.

  3. Los miembros del Comité consultivo están de acuerdo con la definición de la Comisión de los mercados de productos pertinentes siguientes:

    1. el mercado de suministro de plantas incineradoras de residuos municipales de combustión en parrilla con una capacidad superior a 4,5 t/h.

    2. el mercado de fabricación de componentes de calderas a presión.

    3. el mercado de suministro de plantas de tratamiento térmico de lecho fluidificado con una capacidad inferior a 200 MWel, para el que una mayor subsegmentación puede dejarse abierta en el presente caso.

    4. el mercado de sistemas de desulfuración de gases de combustión, para el que una mayor subsegmentación puede dejarse abierta en el presente caso.

  4. Los miembros del Comité consultivo coinciden con la Comisión en que todos los mercados de productos pertinentes mencionados abarcan todo el EEE.

  5. Los miembros del Comité consultivo coinciden con la Comisión en que la concentración propuesta no provocará problemas de competencia horizontal en el mercado de suministro de plantas incineradoras de residuos de combustión en parrilla con capacidad superior a 4,5 t/h, que supongan un obstáculo significativo para...

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