Asunto T-57/09: Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2009 — Alfastar Benelux/Consejo

SectionAnuncios

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 102/19

Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Swarovski AG (Triesen, Liechtenstein)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso en el asunto R 0348/2008-1 de 9 de noviembre de 2008.

- Que se desestime el recurso.

Que se condene a la parte coadyuvante a pagar la totalidad de las costas, incluidas las causadas en el procedimiento seguido ante la Sala de Recurso.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: Daniel Swarovski

Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «Daniel Swarovski Privat» para productos y servicios de las clases 3, 4, 8, 9, 15, 16, 18, 20, 21, 26, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 39 y 44 (Solicitud de registro n o 3 981 099)

Titular de la marca o del signo invocados en oposición: Swarovski

Marca o signo invocados en oposición: Marca denominativa «DANIEL SWAROVSKI» para productos y servicios de las clases 16, 18, 21, 25 y 41 (marca comunitaria n o 3 895 133); marca

Swarovski

para productos y servicios de las clases 2, 3, 6, 8, 9, 11, 16, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 28, 34, 35 y 41 (marca comunitaria n o 3 895 091); marca denominativa «Swarovski» para servicios de la clase 36 (marca denomio 218 795); marca denominativa «Swarovski»

para productos de las clases 11, 16, 21 y 34 (marca denomio 96 389) y marca denominativa «Swarovski» para productos de las clases 8, 9, 11, 14, 18, 21, 25 y 26 (registro internacional para Italia n o 528 189)

Resolución de la División de Oposición: Estimación parcial de la

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación parcial del recurso

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), y apartado 5, del Reglamento (CE) n o 40/94, ( 1 ) dado que no existe riesgo de confusión entre las marcas en conflicto, no se producen los perjuicios necesarios de la marca anterior y, ade-

más, el ámbito de protección de la marca anterior no se determinó adecuadamente.

( 1 ) Reglamento (CE) n o 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1).

Recurso interpuesto el 9 de febrero de 2009 - Alfastar Benelux/Consejo

(Asunto T-57/09)

(2009/C 102/31)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Alfastar Benelux (Ixelles, Bélgica) (representante: N. Keramidas, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones de la parte demandante

- Que se anule la decisión...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT