Asunto F-7/08: Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Tercera), de 11 de febrero de 2009 — Schönberger/Parlamento (Función Pública — Funcionarios — Promoción — Examen comparativo de méritos — Atribución de puntos — Principio de igualdad de trato)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 102/39

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: S. Seyr y K. Zejdová, agentes)

Objeto

Anulación de la resolución de la Dirección General de Personal, de 5 de diciembre de 2007, de no admitir la candidatura del demandante, anulación del concurso oposición PE/95/S, ámbito: médico, y de volver a iniciar las operaciones del concurso oposición permitiendo la utilización de un impreso de candidatura electrónico.

Fallo

1) Desestimar el recurso.

2) Condenar al Sr. Hambura al pago de la totalidad de las costas.

( 1 ) DO C 92, de 12.4.2008, p. 50.

Sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Tercera) de 11 de febrero de 2009 - Schönberger/Parlamento

(Asunto F-7/08) ( 1 )

(Función Pública - Funcionarios - Promoción - Examen comparativo de méritos - Atribución de puntos - Principio de igualdad de trato)

(2009/C 102/58)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Peter Schönberger (Luxemburgo) (representante: O. Mader, abogado)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: S. Seyr y K. Zejdová, agentes)

Objeto

Anulación de la decisión del Parlamento, de 15 de enero de 2007, de atribuir al demandante un número de puntos de prioridad inferior al deseado por éste.

Anulación de la decisión de 21 de noviembre de 2006 de recuperar las cantidades abonadas al demandante en concepto de coeficiente corrector sobre la parte de su retribución transferida a Francia entre abril de 2004 y junio de 2005, en razón del supuesto incumplimiento de los requisitos exigidos para la citada transferencia - Recurso de indemnización por daños y

Anular la decisión del Comité de las Regiones de la Unión Europea de 21 de noviembre de 2006, por la que se ordenó la recuperación de las cantidades resultantes de la aplicación del coeficiente corrector a la parte de la retribución del Sr. Giaprakis transferida a Francia entre abril de 2004 y junio de 2005, por un importe de 1 246,06 euros.

Condenar al Comité de las Regiones de la Unión Europea a reembolsar al Sr. Giaprakis la cantidad de 1 246,06 euros, más los correspondientes intereses de demora a partir de la fecha de la recuperación y hasta la fecha del pago efectivo, al tipo fijado por el Banco Central Europeo para las principales operaciones de refinanciación y aplicable durante el período de que se trata, incrementado en dos puntos.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

El Comité de las Regiones de la Unión Europea cargará con todas las costas.

) DO C 297, de 8.12.2007...

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