Asunto T-191/07: Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 25 de marzo de 2009 — Anheuser-Busch/OAMI — Budějovický Budvar (BUDWEISER) [«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa comunitaria BUDWEISER — Marcas internacionales denominativa y figurativas anteriores BUDWEISER y Budweiser Budvar — Motivos de denegación relativos — Artículo 8, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento (CE) no 40/94 — Uso efectivo de la marca anterior — Artículo 43, apartados 2 y 3, del Reglamento no 40/94 — Violación del derecho de defensa — Motivación — Artículo 73 del Reglamento no 40/94 — Presentación extemporánea de documentos — Facultad de apreciación conferida por el artículo 74, apartado 2, del Reglamento no 40/94»]
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ES Diario Oficial de la Unión Europea 16.5.2009
Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: A. Folliard-MonguiOtra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI, que actúa ante el Tribunal de Primera Instancia: Spa Monopole, compagnie fermière de Spa SA/NV (Spa, Bélgica) (representantes: E. Cornu, L. De Brouwer y D. Moreau, abogados)
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de la OAMI, de 24 de enero de 2007 (asunto R
468/2005-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Spa Monopole, compagnie fermière de Spa SA/NV y L'Oréal SA.
Desestimar el recurso.
Condenar en costas a L'Oréal SA.
) DO C 140, de 23.6.2007.
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 20 de marzo de 2007 (asunto R 299/2006-2), relativa a un procedimiento de oposición entre Budějovický Budvar, národní podnik y Anheuser-Busch, Inc.
Fallo
1) Desestimar el recurso.
2) Condenar a Anheuser-Busch, Inc. a pagar, además de sus costas, las incurridas por la OAMI y por Budějovický Budvar, národní podnik.
( 1 ) DO C 183, de 4.8.2007.
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 25 de marzo de 2009 - allsafe Jungfalk/OAMI (ALLSAFE)
(Asunto T-343/07) ( 1 )
[«Marca comunitaria - Solicitud de marca comunitaria denominativa ALLSAFE - Motivos de denegación absolutos - Falta de carácter distintivo - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) n o 40/94»]
(2009/C 113/70)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: allsafe Jungfalk GmbH & Co. KG (Engen, Alemania) (representantes: P. Mes, J. Bühling, C. Graf von der Groeben, G. Rother, A. Verhauwen, J. Künzel, D. Jestaedt, M. Bergermann, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: S. Schäffner, agente)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 11 de julio de 2007 (asunto R 454/2006-4), sobre el registro del signo denominativo ALLSAFE como marca comunitaria.
Fallo
1) Desestimar...
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