Comunicación del Ministerio de Asuntos Económicos del Reino de los Países Bajos con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

Sectioncomunicación
Issuing OrganizationComisión Europea

8.10.2015    ES Diario Oficial de la Unión Europea C 331/4

El Ministerio de Asuntos Económicos comunica la recepción de una solicitud de autorización de prospección de hidrocarburos en los sectores Q8 y Q11 del mapa que figura en el anexo 3 del Reglamento de Minas (Mjinbouwregeling, Stcrt. 2002, no 245) y en el subsector Q10b.

El subsector Q10b está delimitado por los arcos de circunferencia que unen los pares de vértices A-B, B-C, C-D, D-E, E-F y A-F.

Las coordenadas de los vértices son las siguientes:

Vértice ° ′ ″ E. ° ′ ″ N. A 3 59 55,139 52 29 57,162 B 4 10 55,155 52 29 57,170 C 4 16 15,170 52 25 57,166 D 4 19 55,176 52 25 57,168 E 4 19 55,187 52 19 57,157 F 3 59 55,158 52 19 57,143

La posición de los vértices mencionados está expresada en coordenadas geográficas calculadas según el sistema ETRS89.

El subsector Q10b tiene una superficie de 367 km2.

Conforme a lo dispuesto en la Directiva 94/22/CE y en el artículo 15 de la Ley de Minas (Mijnbouwwet, Stb. 2002, no 542), el Ministerio de Economía invita a las entidades interesadas a presentar a concurso solicitudes de prospección de hidrocarburos para los sectores Q8 y Q11 y el subsector Q10b de la plataforma continental de los Países Bajos.

La autoridad competente para la concesión de la autorización es el...

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