Decisión no 1/2015 del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible UE-República de Moldavia, de 7 de julio de 2015, por la que se adopta el Reglamento interno del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible [2015/1818]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión Europea

9.10.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 264/15

EL SUBCOMITÉ DE COMERCIO Y DESARROLLO SOSTENIBLE UE-REPÚBLICA DE MOLDAVIA,

Visto el Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra (1) (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 376,

Considerando lo siguiente:

(1) Determinadas partes del Acuerdo deben aplicarse provisionalmente, de conformidad con su artículo 464, a partir del 1 de septiembre de 2014.

(2) En virtud del artículo 376, apartado 3, el Acuerdo establece que el Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible deberá reunirse para supervisar la aplicación del capítulo 13 (Comercio y desarrollo sostenible) del título V (Comercio y cuestiones relacionadas con el comercio) del Acuerdo.

(3) El artículo 376, apartado 3, del Acuerdo establece asimismo que el Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible ha de establecer su propio reglamento interno.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Se adopta el reglamento interno del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible, tal y como figura en el anexo.

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Chișinău, el 7 de julio de 2015.

(1) DO L 260 de 30.8.2014, p. 4.

  1. El Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible, creado de conformidad con el artículo 376 del Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Moldavia, por otra («el Acuerdo»), prestará asistencia al Comité de Asociación, reunido en su configuración de comercio, conforme a lo dispuesto en el artículo 438, apartado 4, del Acuerdo, para el ejercicio de las funciones de dicho Comité.

  2. El Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible deberá desempeñar las funciones descritas en el capítulo 13 (Comercio y desarrollo sostenible) del título V (Comercio y cuestiones relacionadas con el comercio) del Acuerdo.

  3. El Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible estará compuesto por representantes de la Comisión Europea y de la República de Moldavia con responsabilidades en materia de comercio...

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