Asunto T-137/09: Recurso interpuesto el 6 de abril de 2009 — Nike International/OHMI — Muñoz Molina (R10)
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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 129/19
Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n o 40/94 del Consejo, en la medida en que la Sala de Recurso incurrió en un error cuando afirmó que existía un riesgo de confusión entre las marcas en cuestión por lo que atañe a unos productos idénticos o muy similares, no obstante las diferencias existentes entre la percepción visual o fonética de los dos signos; infracción del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (CE) n o 40/94 del Consejo, en la medida en que la Sala de Recurso consideró indebidamente que se daban los requisitos para la aplicación del citado artículo.
Recurso interpuesto el 6 de abril de 2009 - Epcos/OAMI - Epco Sistemas (EPCOS)
(Asunto T-132/09)
(2009/C 129/33)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Epcos AG (Múnich, Alemania) (representante: L. von Zumbusch, abogado)
Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Epco Sistemas, S.L. (Constanti, España)
Pretensiones de la parte demandante
Que se anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de 19 de enero de 2009, R 1088/2008-2.
Que se anule la resolución de la División de Oposición n o B 979 767 de 22 de mayo de 2008 relativa a la oposición de la parte que presenta la oposición, en la medida en que se estimó la oposición en relación con los productos «NTCThermistoren», «PTC-Thermistoren» y «Sensoren» y que se desestime la oposición en su totalidad.
Que se condene en costas a la demandada o a la parte que presenta la oposición.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La demandante.
Marca comunitaria solicitada: La marca figurativa «EPCOS» para productos de las clases 6 y 9 (solicitud n o 4 133 799)
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: Epco SisteMarca o signo invocados en oposición: La marca figurativa española «E epco SISTEMAS» para productos de la clase 9
Resolución de la División de Oposición: Estimación parcial de la
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b) y artículo 43, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n o 40/94 y de la regla 19, apartado 3, del Reglamento (CE) n o 2868/95, ( 1 ) por considerar que no se ha hecho un uso efectivo de la marca invocada en la oposición en los cinco últimos años anteriores a la publicación de la marca solicitada y que existía riesgo...
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