Reglamento no 16 de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE). Disposiciones uniformes relativas a la homologación de: I. Cinturones de seguridad, sistemas de retención, sistemas de retención infantil y sistemas de retención infantil ISOFIX para ocupantes de vehículos de motor — II. Vehículos equipados con cinturones de seguridad, sistemas de alerta de olvido del cinturón, sistemas de retención, sistemas de retención infantil, sistemas de retención infantil ISOFIX y sistemas de retención infantil i-Size [2015/2059]

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión Europea

20.11.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 304/1

Solo los textos originales de la CEPE surten efectos jurídicos con arreglo al Derecho internacional público. La situación y la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento deben verificarse en la última versión del documento de la CEPE «TRANS/WP.29/343», que puede consultarse en:

http://www.unece.org/trans/main/wp29/wp29wgs/wp29gen/wp29fdocstts.html

I. Cinturones de seguridad, sistemas de retención, sistemas de retención infantil y sistemas de retención infantil ISOFIX para ocupantes de vehículos de motor

II. Vehículos equipados con cinturones de seguridad, sistemas de alerta de olvido del cinturón, sistemas de retención, sistemas de retención infantil, sistemas de retención infantil ISOFIX y sistemas de retención infantil i-Size [2015/2059]

Incorpora todo el texto válido hasta:

el suplemento 5 de la serie 06 de modificaciones. Fecha de entrada en vigor: 10 de junio de 2014

1. Ámbito de aplicación

2. Definiciones

3. Solicitud de homologación

4. Marcas

5. Homologación

6. Especificaciones

7. Ensayos

8. Requisitos relativos a la instalación en el vehículo

9. Conformidad de la producción

10. Sanciones por la falta de conformidad de la producción

11. Modificación y extensión de la homologación de un tipo de vehículo o de un tipo de cinturón de seguridad o de sistema de retención

12. Cese definitivo de la producción

13. Instrucciones

14. Nombres y direcciones de los servicios técnicos responsables de realizar los ensayos de homologación y de los organismos de homologación

15. Disposiciones transitorias

1A Comunicación relativa a la homologación o a la extensión, denegación o retirada de la homologación o al cese definitivo de la producción de un tipo de vehículo en lo que concierne a los cinturones de seguridad con arreglo al Reglamento no 16.

1B Comunicación relativa a la homologación o a la extensión, denegación o retirada de la homologación o al cese definitivo de la producción de un tipo de cinturón de seguridad o dispositivo de retención para ocupantes adultos de vehículos de motor con arreglo al Reglamento no 16

2. Disposición de las marcas de homologación

3. Esquema de aparato para el ensayo de durabilidad de los retractores

4. Esquema de aparato para el ensayo de bloqueo de los retractores de bloqueo de emergencia

5. Esquema de aparato para el ensayo de resistencia al polvo

6. Descripción del carro, del asiento, de los anclajes y del dispositivo de detención

7. Descripción del maniquí

8. Descripción de la curva de desaceleración o aceleración del carro en función del tiempo

9. Instrucciones

10. Ensayo de la hebilla común

11. Ensayo de abrasión y microdeslizamiento

12. Ensayo de corrosión

13. Orden de los ensayos

14. Control de conformidad de la producción

15. Procedimiento de determinación del punto «H» y del ángulo real del torso de las plazas de asiento en los vehículos de motor

16. Instalación del cinturón de seguridad en la que figuran los tipos de cinturón y de retractor

17. Requisitos para la instalación de cinturones de seguridad y sistemas de retención para adultos ocupantes de vehículos de motor en los asientos orientados hacia delante y para la instalación de sistemas de retención infantil ISOFIX y sistemas de retención infantil i-Size

18. Ensayos del sistema de alerta de olvido del cinturón

El presente Reglamento se aplica a:

1.1. Los vehículos de las categorías M, N, O, L2, L4, L5, L6, L7 y T (1), en lo referente a la instalación de los cinturones de seguridad y los dispositivos de retención destinados a ser instalados en vehículos y que estén concebidos para utilizarse separadamente, es decir, como dispositivos individuales, por los ocupantes adultos de los asientos orientados hacia delante, hacia atrás o hacia un lado.

1.2. Los cinturones de seguridad y los dispositivos de retención que estén concebidos para utilizarse separadamente, es decir, como dispositivos individuales, por los ocupantes adultos de los asientos orientados hacia delante, hacia atrás o hacia un lado, y que estén diseñados para su instalación en vehículos de las categorías M, N, O, L2, L4, L5, L6, L7 y T1.

1.3. Los vehículos de las categorías M1 y N1 1 en lo referente a la instalación de sistemas de retención infantil, sistemas de retención infantil ISOFIX y sistemas de retención infantil i-Size.

1.4. Los vehículos de la categoría M1 con respecto al sistema de alerta de olvido del cinturón (2).

1.5. A petición del fabricante, también se aplica a la instalación de los sistemas de retención infantil y a los sistemas de retención infantil ISOFIX diseñados para su instalación en vehículos de las categorías M2 y M3 1.

1.6. A petición del fabricante, también se aplica a los cinturones de seguridad designados para su instalación en asientos orientados hacia los lados en los vehículos de la categoría M3 [de las clases II, III y B1].

1.7. A petición del fabricante, también se aplica a la instalación de los sistemas de retención infantil i-Size, en caso de que las plazas de asiento para i-Size estén definidas por el fabricante del vehículo.

Conjunto de correas con hebilla de cierre, dispositivos de ajuste y piezas de fijación que puede anclarse al interior de un vehículo de motor y que está destinado, al limitar las posibilidades de movimiento del cuerpo del usuario, a reducir el riesgo de que este sufra heridas en caso de colisión o de desaceleración brusca del vehículo. Para designar dicho conjunto, se empleará en general el término «cinturón», que englobará también todo dispositivo de absorción de energía o de retracción del cinturón.

El conjunto puede someterse a ensayo y homologarse como cinturón de seguridad o sistema de retención.

Cinturón de dos puntos que pasa por delante del cuerpo del usuario a la altura de la pelvis.

Cinturón que pasa diagonalmente por delante del tórax, desde la cadera hasta el hombro del lado contrario.

Cinturón formado esencialmente por la combinación de una correa subabdominal y de una correa diagonal.

Cinturón distinto del cinturón de tres puntos o del cinturón subabdominal.

Conjunto que comprende un cinturón subabdominal y tirantes; puede contar, además, con una correa de entrepierna.

Los cinturones de distintos «tipos» son los que difieren sustancialmente entre sí; las diferencias pueden referirse, en particular, a:

2.2.1. las partes rígidas (hebilla, piezas de fijación, retractor, etc.);

2.2.2. el material, el tejido, las dimensiones y el color de las correas, o

2.2.3. la geometría del cinturón.

Componente flexible diseñado para sujetar el cuerpo y transmitir las fuerzas a los anclajes del cinturón.

Dispositivo de apertura rápida que permite al usuario ser sujetado por el cinturón. La hebilla podrá incluir el dispositivo de ajuste del cinturón, excepto en el caso de una hebilla de cinturón de arnés.

Dispositivo que permite ajustar el cinturón a las necesidades de cada usuario y a la posición del asiento. El dispositivo de ajuste podrá formar parte de la hebilla, o bien ser un retractor o cualquier otra parte del cinturón de seguridad.

Dispositivo adicional o integrado que tensa la banda del cinturón de seguridad para reducir la holgura del cinturón durante una colisión.

2.7. «Zona de referencia», espacio entre dos planos longitudinales verticales, con una separación de 400 mm y simétricos respecto al punto H, y definidos por rotación de la vertical a la horizontal del aparato en forma de cabeza descrito en el anexo 21 del Reglamento no 1. El aparato se colocará según la descripción en dicho anexo del Reglamento no 21 y se regulará en su longitud máxima de 840 mm.

2.8. «Sistema de airbag», dispositivo instalado para complementar a los cinturones de seguridad y sistemas de retención en los vehículos de motor, esto es, el sistema que, de producirse un fuerte impacto que afecte al vehículo, despliegue una estructura flexible destinada a amortiguar, por compresión del gas que contiene, la gravedad del contacto de una o más partes del cuerpo del ocupante del vehículo con el interior del habitáculo.

2.9. «Airbag para pasajeros», sistema de airbag destinado a proteger a uno o más pasajeros que no sean el conductor en caso de colisión frontal.

2.10. «Sistema de retención infantil», dispositivo de seguridad definido en el Reglamento no 44 o el Reglamento no 129.

2.11. «Orientado hacia atrás», en la dirección opuesta al sentido normal de marcha del vehículo.

Partes del cinturón, incluidos los elementos de fijación necesarios, que permiten fijarlo a los anclajes.

Dispositivo diseñado para disipar la energía independientemente de la correa o conjuntamente con ella, y que forma parte de un cinturón.

Dispositivo para el alojamiento total o parcial de la correa de un cinturón de seguridad.

Retractor del que se extrae la correa en toda su longitud mediante una ligera tracción exterior y que no permite ajustar la longitud de la correa desenrollada.

Retractor que el usuario debe desbloquear accionando manualmente un dispositivo para poder extraer la longitud que desee de la correa y que se bloquea automáticamente cuando el usuario deja de accionar dicho dispositivo.

Retractor que permite extraer la longitud deseada de la correa y que, cuando el cinturón está sujeto con la hebilla, ajusta la correa al usuario de forma automática, evitando que se siga extrayendo la correa sin intervención voluntaria del usuario.

Retractor que, en condiciones normales de conducción, no restringe la libertad de movimiento del usuario del cinturón de seguridad. El retractor llevará componentes de ajuste de la longitud que adapten automáticamente la correa al usuario, y un mecanismo de bloqueo accionado en caso de emergencia por:

2.14.4.1. una desaceleración del vehículo (sensibilidad única),

2.14.4.2. una combinación entre la desaceleración del vehículo, el movimiento de la banda o cualquier otro medio automático (sensibilidad múltiple).

Retractor del tipo definido en el punto 2.14.4, pero dotado de unas...

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