Resumen de la Decisión de la Comisión, de 11 junio 2008, relativa a un procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 81 del Tratado CE y en el artículo 53 del Acuerdo sobre el EEE (Asunto COMP/38695 — Clorato de sodio) [notificada con el número C(2008) 2626] (1)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 17.6.2009

RESUMEN DE LA DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 11 junio 2008

relativa a un procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 81 del Tratado CE y en el artículo 53 del Acuerdo sobre el EEE (Asunto COMP/38695 - Clorato de sodio)

[notificada con el número C(2008) 2626]

(Los textos en lenguas francesa e inglesa son los únicos auténticos)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2009/C 137/06)

  1. INTRODUCCIÓN

    (1) El 11 de junio de 2008, la Comisión adoptó una decisión relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 81 del Tratado CE y al artículo 53 del Acuerdo EEE. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento (CE) n o 1/2003 del Consejo, la Comisión publica por la presente los nombres de las partes y el contenido principal de la decisión, incluidas las sanciones impuestas en su caso, teniendo en cuenta el interés legítimo de las empresas en la protección de sus secretos comerciales.

    (2) Los destinatarios de la decisión son ocho personas jurídicas: EKA Chemicals AB y su empresa matriz Akzo Nobel NV; Arkema France SA y su empresa matriz durante la infracción Elf Aquitaine SA; Finnish Chemicals Oy y su empresa matriz durante la infracción Erikem Luxembourg SA; y Aragonesas Industrias y Energía SAU y su empresa matriz durante la infracción Uralita SA, por una infracción a lo establecido en el artículo 81 del Tratado y en el artículo 53 del Acuerdo EEE.

    (3) Se puede encontrar una versión no confidencial de la decisión en el sitio Internet de la Dirección General de Competencia en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/comm/competition/ index_en.html

  2. PROCEDIMIENTO

    (4) Este asunto se inició a raíz de una solicitud de inmunidad presentada por EKA Chemicals AB el 28 de marzo de 2003. El 30 de septiembre de 2003, la Comisión concedió a EKA Chemicals AB la dispensa condicional del pago de las multas de conformidad con el punto 15 de la Comunicación sobre clemencia de 2002 ( 1

    ). Posteriormente, el 18 de octubre de 2004, Arkema France SA solicitó la dispensa del pago de las multas o, alternativamente, de reducción de multas. El 29 de octubre de 2004, Finnish Chemicals Oy solicitó la reducción de multas conforme a la sección B de la Comunicación de la Comisión relativa a la no imposición de multas o a la reducción de su importe de 2002.

    (5) Se enviaron varias solicitudes escritas de información a las empresas implicadas en los acuerdos contrarios a la competencia, así como a otros productores de clorato de sodio y a la correspondiente asociación sectorial.

    (6) Por carta de 11 de julio de 2007, la Comisión informó por escrito a Finnish Chemicals Oy de su...

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