Decisión del Parlamento Europeo, de 13 de diciembre de 2012, sobre la modificación del artículo 123 y del artículo 42 del Reglamento del Parlamento: declaraciones por escrito e iniciativas legislativas (2011/2058(REG))

SectionDecision
Issuing OrganizationParlamento Europeo

23.12.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 434/156

El Parlamento Europeo,

— Vista la carta de su Presidente de 11 de noviembre de 2010,

— Visto el estudio de su Departamento Temático de Derechos de los Ciudadanos y Asuntos Constitucionales titulado «Written declarations in the European Parliament — A review of process and impact» (PE 462.424),

— Vistos los artículos 211 y 212 de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Asuntos Constitucionales (A7-0242/2012),

A. Considerando que, a lo largo de los años, el Parlamento ha ampliado considerablemente sus competencias, procurándose instrumentos sustanciales que le permiten influir en el proceso decisorio de la Unión Europea respecto a la mayoría de las actividades de la Unión;

B. Considerando que las instituciones destinatarias de una declaración por escrito deben garantizar un seguimiento adecuado de la misma;

C. Considerando que las declaraciones por escrito se utilizan como un medio útil para plantear cuestiones que preocupan especialmente a los ciudadanos de la Unión;

D. Considerando que las declaraciones por escrito se emplean con regularidad, pero no en un gran número; que solo un pequeño porcentaje de ellas obtiene el apoyo necesario de la mayoría de los diputados que lo integran;

E. Considerando que la mayoría de las declaraciones por escrito caduca tras el plazo previsto en el Reglamento;

F. Considerando que la mayoría de las declaraciones por escrito adoptadas están dirigidas a la Comisión, reconocida como la única institución que ha respondido a las cuestiones planteadas;

G. Considerando que, por lo general, estas respuestas se limitan a reiterar las actividades en curso de la Comisión y tan solo en casos excepcionales hacen referencia a una actividad específica motivada por una declaración por escrito;

H. Considerando que, a la vista de las crecientes prerrogativas del Parlamento y de la instauración de la iniciativa ciudadana europea, la importancia de las declaraciones por escrito ya no es la misma, aunque sigue siendo un instrumento útil que permite a los diputados sensibilizar sobre cuestiones de interés general;

I. Considerando que las declaraciones por escrito tienen una repercusión muy limitada por lo que respecta tanto a la elaboración del orden del día como a la influencia que ejercen sobre las decisiones adoptadas por las instituciones, y que pueden dar una impresión engañosa en cuanto a su eficacia; considerando que, si se hace un uso...

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