Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2012 de la Unión Europea para el ejercicio 2012, Sección III — Comisión (17295/2012 — C7-0401/2012 — 2012/2281(BUD))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

23.12.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 434/191

El Parlamento Europeo,

— Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 314, así como el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 106 bis,

— Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (1), y, en particular, sus artículos 37 y 38,

— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2012, aprobado definitivamente el 1 de diciembre de 2011 (2),

— Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (3),

— Vista la Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (4),

— Vista la Decisión del Consejo Europeo de los días 28 y 29 de junio de 2012 (EUCO 76/12) sobre el Pacto por el Crecimiento y el Empleo acordado por los Estados miembros,

— Visto el proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2012 al presupuesto general 2012 presentado por la Comisión el 23 de octubre de 2012 (COM(2012)0632),

— Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2012 aprobada por el Consejo el 6 de diciembre de 2012 (17295/2012 — C7-0401/2012),

— Vistos los artículos 75 ter y 75 sexies de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A7-0409/2012),

A. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2012 al presupuesto general 2012 abarca, entre otros aspectos, una actualización de las previsiones de ingresos después de la última revisión de las previsiones de recursos propios y otros ingresos, y un aumento de los créditos de pago de casi 9 000 millones EUR entre las rúbricas 1a, 1b, 2, 3a y 4 del marco financiero plurianual, con objeto de financiar las necesidades pendientes hasta el final del ejercicio;

B. Considerando que, paralelamente, ya se ha respondido en parte a otras necesidades de pago mediante la transferencia global de créditos de pago (DEC 30/2012) por un importe total de 419,7 millones EUR;

C. Considerando que la Comisión había indicado en un principio algunas fuentes de redistribución por un total de 47,4 millones EUR, que se incluyeron en el proyecto de presupuesto...

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