Resolución del Parlamento Europeo, de 17 de enero de 2013, sobre la violencia contra las mujeres en la India (2013/2512(RSP))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

30.12.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 440/103

El Parlamento Europeo,

— Vistas sus anteriores resoluciones sobre la India, en particular, la de 13 de diciembre de 2012, sobre la discriminación por razón de casta en la India (1) y las relativas a sus informes anuales sobre los derechos humanos en el mundo, en particular las de 18 de abril de 2012 (2) y 13 de diciembre de 2012 (3); vistas sus numerosas resoluciones anteriores, que condenaban la violación y la violencia sexual en países de todo el mundo,

— Vistos el Plan de acción conjunta de la cooperación estratégica entre la UE y la India, firmado en noviembre de 2005, y el diálogo temático entre la UE y la India sobre los derechos humanos,

— Vista la declaración de la Alta Representante, Catherine Ashton, en nombre de la Unión Europea, sobre el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (25 de noviembre de 2012),

— Vista la declaración de la Alta Representante, Catherine Ashton, sobre el Día Europeo y Mundial contra la Pena de Muerte (10 de octubre de 2012),

— Vistos el artículo 2 y el artículo 3, apartado 5, del Tratado de la Unión Europea,

— Vista la declaración realizada el 31 de diciembre de 2012 por la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Navi Pillay,

— Vistos los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas,

— Vistos los instrumentos de las Naciones Unidas en materia de violencia contra las mujeres, en particular, la Declaración de Viena y el Programa de Acción de 25 de junio de 1993 aprobados por la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos (A/CONF. 157/23), los informes de los relatores especiales sobre la violencia contra la mujer del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Recomendación general no 19 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (11a Sesión, 1992), la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, de 20 de diciembre de 1993 (A/RES/48/104), la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y su Recomendación general XXIX sobre su artículo 1, apartado 1,

— Vistas las recomendaciones sobre la India de los procedimientos especiales de las Naciones Unidas, de los órganos de vigilancia de los tratados de las Naciones Unidas y los Exámenes Periódicos Universales sobre la India, en particular las recomendaciones a la India que figuran en los informes del CEDAW de febrero de 2007 y octubre de 2010,

— Visto el proyecto de principios y directrices de las Naciones Unidas para la eliminación efectiva de la discriminación basada en el empleo y en la ascendencia,

— Vista la Constitución y el Código Penal de la India, en particular su sección 376 sobre la violación,

— Vistos el artículo 122, apartado 5, y 110, apartado 4, de su Reglamento interno,

A. Considerando que el 16 de diciembre de 2012 una estudiante de 23 años fue víctima de una violación múltiple y su acompañante de una agresión cuando por cinco hombres y un joven los atacaron violentamente en un autobús privado de Nueva Deli; que la víctima sufrió lesiones tan graves que falleció trágicamente el 29 de diciembre de 2012 en Singapur;

B. Considerando que este hecho ha desatado una amplia ola de indignación en la opinión pública en la India, y que se han celebrado manifestaciones en las que han participado representantes de todos los sectores sociales pidiendo la reforma de la legislación y la actuación policial y un cambio general de mentalidad hacia las mujeres; que dichas manifestaciones constituyen un importante paso para romper el silencio que rodea a las violaciones y la violencia sexual, y que, como tal, representa el principio del cambio;

C. Considerando que fueron detenidas en relación con este asunto cinco hombres y un menor, y que están siendo objeto de un procedimiento judicial acelerado, con un...

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