Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema: «Hacia la salud electrónica: información digital para un uso seguro de los medicamentos» (dictamen de iniciativa)

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15.1.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 13/14

Ponente: Renate HEINISCH

El 22 de enero de 2015, de conformidad con el apartado 2 del artículo 29 de su Reglamento interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema:

Hacia la salud electrónica: información digital para un uso seguro de los medicamentos

(dictamen de iniciativa).

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos del Comité en este asunto, aprobó su dictamen el 14 de julio de 2015.

En su 510o pleno de los días 16 y 17 de septiembre de 2015 (sesión del 16 de septiembre de 2015) el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 212 votos a favor y 6 abstenciones el presente dictamen.

1.1. El Comité Económico y Social Europeo (CESE) respalda el esfuerzo de la Comisión Europea de asignar una alta prioridad a las soluciones de salud electrónica como parte de la Agenda Digital.

1.2. El CESE constata que las personas que buscan información, los pacientes y los profesionales médicos han señalado reiteradamente la necesidad de disponer tanto de información exhaustiva, precisa y actualizada sobre los medicamentos como de un mercado único digital.

1.3. El CESE considera que estas informaciones, aprobadas por las autoridades, deben ser accesibles sin obstáculos y sin discriminación, de modo que también las personas con discapacidad visual o auditiva u otras deficiencias físicas puedan consultarlas. Deben poder adaptarse a las necesidades de los ciudadanos, los pacientes y los profesionales médicos, de modo que se llegue a una situación en que los medicamentos se puedan usar del modo más eficaz y seguro.

1.4. El CESE considera que la difusión electrónica de la información del producto autorizada por las agencias de medicamentos competentes mejorará el acceso. Una base de datos electrónica que contenga la información técnica y las instrucciones de uso aprobadas por las autoridades sanitarias (Summary of Product Characteristics, SmPC) permite ofrecer información específica y actualizada sobre los medicamentos.

1.5. El CESE propone que la información se ofrezca de la manera más adecuada para personas con deficiencias visuales, por ejemplo, en grandes caracteres o en forma de archivo de sonido. También podrían ofrecerse demostraciones de la utilización adecuada de los dispositivos (por ejemplo, aerosoles contra el asma) mediante vídeos o en lenguaje de signos para personas sordas. Otra manera de reducir la barrera comunicativa consiste en ofrecer informaciones en «lenguaje sencillo», lo que permitiría que las personas con dificultades de aprendizaje pudieran acceder a la información y se eliminaran las diferencias causadas por los diferentes niveles educativos.

1.6. Además, el CESE constata que un resumen en un portal constituye una fuente de información fiable y de fácil consulta para aquellas informaciones aprobadas por las autoridades, lo que cumple los criterios de accesibilidad. De este modo, los pacientes y los profesionales médicos pueden comparar cualquier otra información con la información de referencia autorizada.

1.7. Por otro lado, para garantizar la idoneidad global este sistema debería desarrollarse en cooperación con usuarios y diseñadores de sitios web que tengan experiencia en accesibilidad. Sería preciso crear aplicaciones independientes de un sistema específico, de modo que sean los usuarios quienes elijan el tipo de dispositivo con el que quieren acceder a la información (ordenador, tableta, teléfono inteligente, etc.) según sus necesidades y posibilidades.

1.8. El CESE considera que la base de datos o el portal que contenga información aprobada oficialmente debería desarrollarse en estrecha colaboración con todas las partes interesadas pertinentes, es decir, la industria farmacéutica y aquellas...

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