Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «Principios para unos sistemas de prestaciones sociales eficaces y fiables» (Dictamen de iniciativa)

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15.1.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 13/40

Ponente: Bernd SCHLÜTER

En su pleno de 22 de enero de 2015, el Comité Económico y Social Europeo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 29 de su Reglamento interno, decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema

Principios para unos sistemas de prestaciones sociales eficaces y fiables

(Dictamen de iniciativa)

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 1 de septiembre de 2015.

En su 510o pleno de los días 16 y 17 de septiembre de 2015 (sesión del 17 de septiembre), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 130 votos a favor, 46 en contra y 10 abstenciones el presente dictamen.

1.1. El CESE aboga por un compromiso estratégico de la UE más claramente orientado hacia la política social. Para ello es preciso extraer las consecuencias de la crisis, de las políticas destinadas a hacer frente a la crisis y de la pérdida de confianza de la población.

1.2. Se invita a la Comisión a que, en el marco de un sólido programa de trabajo, elabore unos principios generales en materia de política social, para los que el CESE presenta las propuestas expuestas en el punto 4. Esto podría llevarse a cabo, por ejemplo, mediante el lanzamiento de una iniciativa emblemática, la creación de unas normas de gobernanza o la elaboración de un Libro Blanco. La base de partida debería ser un sistema mejorado de recogida de datos comparativos a escala de la UE y de los Estados miembros. Recurrir tan solo a indicadores de recursos (qué cantidad de dinero se destina en cada Estado miembro a una prestación social concreta) no es suficiente para demostrar la calidad de los sistemas de prestaciones sociales.

1.3. A la hora de elaborar los principios de política social que permitan lograr la convergencia de las normas sociales a un nivel elevado, hay que tener en cuenta las competencias de los Estados miembros y las diferencias culturales y políticas de los sistemas sociales y tender, en la medida de lo posible, hacia un consenso entre los Estados miembros.

1.4. Los principios de política social deberían constituir el fundamento material, por ejemplo, de las futuras recomendaciones a los Estados miembros en el marco de una mejor organización del Semestre Europeo (1). Dichos principios deberían aplicarse también a través de los Fondos Estructurales, el método abierto de coordinación y las evaluaciones de impacto social, conforme al artículo 9 del TFUE. Entre las posibles medidas debería aspirarse también a garantizar un nivel mínimo de protección social (Minimum Social Protection Floor). Para ello hay que hacer uso de las bases jurídicas existentes.

1.5. Los principios de política social también deben servir de base para la actuación de las instituciones de la UE, en particular para la gobernanza económica, el control presupuestario y la gestión de las crisis.

1.6. Los interlocutores sociales son agentes fundamentales especialmente en los regímenes de seguros sociales de base paritaria y en otros sistemas creados mediante negociaciones entre los interlocutores sociales. Deben participar en la elaboración de los principios de política social. Las organizaciones de la sociedad civil y las asociaciones de proveedores de servicios sociales, las empresas sociales, los entes locales, las administraciones sociales de ámbito estatal, los seguros sociales, los usuarios y los consumidores también deberán participar según sus respectivos ámbitos de competencia.

1.7. El CESE formula a continuación propuestas concretas sobre los principios de política social en el ámbito de los sistemas de prestaciones sociales. El objetivo es mejorar la eficacia y fiabilidad de las prestaciones, tanto en materia de protección social como de seguridad social y asistencia sanitaria, con independencia del tipo de proveedor del servicio y de la naturaleza de la prestación. El CESE tiene como objetivo principal que en todos los Estados miembros de la UE exista una garantía jurídica y financiera de prestación de unos servicios sociales modernos y orientados al bienestar público.

1.8. El CESE reconoce la diversidad de sistemas y toma en consideración, en particular, los objetivos, los tipos y los contenidos de las prestaciones sociales, la relación entre solidaridad y responsabilidad individual, la garantía jurídica, la financiación y la calidad. También aborda la posición de los usuarios y de los servicios sociales. Destaca la necesidad de garantizar unas prestaciones sociales fundamentales basadas en normas comunes a escala de la UE.

2.1. La política social europea se basa en particular en los derechos humanos, las enseñanzas extraídas de las dos guerras mundiales (2), el principio –consagrado en el Tratado– de la economía social de mercado, los objetivos de la Estrategia Europa 2020, las necesidades de unas economías productivas, el compromiso de lucha contra la pobreza, los capítulos de los Tratados sobre la política social, de empleo y de salud, el objetivo de la cohesión social y las normas comunes sobre competencia, conforme al artículo 3 del TUE. Entre los objetivos de la política social, según menciona el artículo 151 del TFUE, se cuentan el fomento del empleo, la mejora de las condiciones de vida, una protección social adecuada y la lucha contra las exclusiones. El modelo social europeo es la expresión de una comunidad única de valores y culturas (3), que asocia la democracia y el Estado de Derecho con la responsabilidad social y la solidaridad. El CESE desea reforzar este modelo y asegurar su viabilidad futura.

2.2. El CESE tiene el convencimiento de que la política social, por derecho propio y como medio de promover de forma sostenible el crecimiento y el empleo (4), debería ser un pilar de la política europea. Se felicita de los progresos ya logrados en la política de empleo, en ciertos aspectos de la coordinación y en el ámbito de la salud y seguridad en el trabajo. El Comité reafirma el carácter de inversión (5) de unos sistemas de prestaciones sociales más eficaces y advierte de los costes morales, sociales y materiales asociados a una política social deficiente. El CESE considera que las economías innovadoras y productivas y los sistemas de prestaciones sociales fiables, eficaces y eficientes se influyen recíprocamente. Unos sistemas sociales modernos pueden mejorar la capacidad de resistencia de las economías frente a la crisis, fomentar el empleo e incluso generar un gran potencial de creación de empleo también en las regiones desfavorecidas (6). En el actual contexto de las nuevas tecnologías y la sociedad de la información, la evolución demográfica (7) y la inmigración, un nivel reducido de gasto en ámbitos como la inclusión activa, la capacitación de los solicitantes de empleo y las oportunidades para niños y jóvenes no constituye una ventaja competitiva a largo plazo. El desarrollo de sistemas basados en principios comunes puede contribuir a mejorar la igualdad de oportunidades y fomentar una competencia justa en la UE.

2.3. Los sistemas de prestaciones sociales y de salud y otros sistemas similares contribuyen, entre otras cosas, al necesario equilibrio social, la reducción de la pobreza, una renta mínima garantizada de carácter subsidiario y la paz social. Prácticamente todos los ciudadanos de la Unión, en algún momento de su vida, se ven obligados a solicitar asistencia de los servicios sociales. Los sistemas sociales garantizan, por ejemplo, unas prestaciones por jubilación adecuadas y una atención cualificada, en particular a personas necesitadas de cuidados y ayuda.

2.4. Tanto los empresarios como los trabajadores tienen interés, entre otras cosas, en conciliar la vida laboral y familiar, promover la salud e impulsar la capacitación. Los servicios sociales profesionales fomentan las competencias en materia de comunicación y de habilidades para la vida cotidiana y prestan apoyo, por ejemplo, en caso de problemas de adicciones, en momentos de crisis y en los cuidados y educación dentro de las familias.

2.5. El CESE señala que hay diferencias sustanciales en la eficacia, la fiabilidad y la eficiencia de los sistemas de prestaciones sociales (8). Por un lado, en muchos Estados miembros hay sistemas que funcionan bien, pero por otro es conveniente que haya un enfoque común en materia de política social para todos los Estados miembros. Una renta mínima garantizada (minimum income) a través de prestaciones sociales y unos servicios sociales profesionales, así como una integración efectiva en el mercado de trabajo y en la sociedad, son factores que no siempre están garantizados. En particular, la asistencia sanitaria no suele ser accesible a todos, por ejemplo, cuando no se pueden asumir los pagos complementarios exigidos de forma oficial o no oficial. Los servicios profesionales —como la asistencia ambulatoria, el apoyo a las personas con discapacidad o la ayuda en caso de deficiencias educativas y de desarrollo— no están disponibles en todas las regiones y Estados miembros. El CESE constata que existe en parte la necesidad de mejorar la financiación solidaria y las garantías jurídicas.

2.6. Además, un estudio reciente de la Fundación Bertelsmann (9) ha mostrado las considerables diferencias existentes en la eficiencia de los sistemas de prestaciones sociales y la alarmante evolución de la pobreza y de la riqueza en la UE y en cada Estado miembro, y ha solicitado un mayor compromiso por parte de la UE en materia de política social. El informe muestra que la existencia de sistemas sociales eficientes también es posible en lugares donde el PIB es relativamente bajo y que la existencia de sistemas sociales deficientes también es posible en lugares donde el PIB es relativamente alto. La pobreza es una amenaza para la paz social y el desarrollo económico (10). Es preciso plantear propuestas en materia de política social para contrarrestar las...

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