Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La política integrada de aviación de la UE» (Dictamen exploratorio)

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15.1.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 13/169

Ponente: Jacek KRAWCZYK

El 2 de marzo de 2015, de conformidad con el artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre

La política integrada de aviación de la UE

(Dictamen exploratorio).

La Sección Especializada de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 31 de agosto de 2015.

En su 510o Pleno de los días 16 y 17 de septiembre de 2015 (sesión del 17 de septiembre de 2015), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 97 votos a favor, 3 en contra y sin abstenciones el presente dictamen.

1.1. Si la red de valor de la aviación europea en su conjunto no es capaz de competir en una economía globalizada, la competitividad del sector de la aviación de la UE estará en juego. Para este fin, resulta de vital importancia «una mayor intermodalidad, una conectividad mejor, una utilización más eficiente de los aeropuertos hub […] secundarios y los aeropuertos pequeños, el uso de aeronaves de mayor tamaño y una optimización de los procesos» actuales (1).

1.2. La Comisión Europea (en lo sucesivo, «la Comisión») ha desarrollado varias iniciativas reglamentarias para la red de valor de la aviación dentro de la UE: ha revisado las Directrices sobre ayudas estatales a aeropuertos y compañías aéreas y ha introducido un paquete aeroportuario y legislación para fomentar el progreso hacia un cielo único europeo. Sin embargo, se requieren medidas adicionales para completar la aplicación por parte de los Estados miembros de la legislación de la UE en el ámbito de la aviación.

1.3. La aviación de la UE se encuentra en un momento crucial: sin una estrategia convincente y coherente, corre el riesgo de enfrentarse a dificultades añadidas para ofrecer una conectividad fiable a sus ciudadanos, al comercio y al turismo y, por tanto, de perder su importancia económica y su potencial de crecimiento. Sin embargo, esto no exige en todos los casos la creación de nueva legislación. El CESE insta de nuevo a la Comisión a realizar esfuerzos adicionales para garantizar la aplicación de las disposiciones actuales dentro de la UE.

1.4. Habida cuenta de la fragmentación del sector de las compañías aéreas, de que los centros de conexión situados fuera de la UE son cada vez más competitivos, de que la puesta en marcha del cielo único europeo avanza con lentitud y del riesgo cada vez mayor de conectividad insuficiente con regiones pequeñas y/o periféricas, la estrategia de la Comisión para el sector de la aviación de la UE debe estar impulsada por una visión convincente sobre la mejor forma de promover la competitividad europea sin falsear la competencia ni socavar las relaciones sociales y laborales.

1.5. El CESE considera que la Comisión debe determinar cuáles son los motores de la competitividad y basar su estrategia en los beneficios económicos que aporta el sector de la aviación a Europa, así como en los valores sociales y medioambientales que caracterizan a la Unión Europea.

1.6. El CESE insta a la Comisión a velar por que se apliquen normas y reglas internacionales comparables a los competidores de la UE y a los no pertenecientes a la UE. Ello implica fomentar la aplicación internacional de los principios de competencia leal, así como los convenios fundamentales de la OIT. Esto podría incluir una revisión de las disposiciones actuales que rigen la participación de las partes interesadas en las negociaciones internacionales.

1.7. El CESE considera que la estrategia que se desarrolle en el sector de la aviación debe basarse en un diálogo social constructivo. A nivel de la UE, en lo que respecta a las iniciativas de las instituciones de la UE que afecten a este el sector, debería consultarse al Comité de Diálogo Social Sectorial de la Aviación Civil. Para garantizar las condiciones sociales y laborales y evitar que se falsee la competencia mediante pabellones de conveniencia existe una serie de disposiciones a escala nacional que deben aplicarse. A pesar de que la jurisdicción de la Unión Europea es limitada en este ámbito, la Comisión debe hacer todo lo posible para crear un fuerte apoyo de los interlocutores sociales para sus iniciativas a nivel de la UE y de los Estados miembros.

1.8. El CESE también recomienda a la Comisión que consulte con el Comité el desarrollo y la aplicación actuales de la estrategia de la Comisión en el sector de la aviación. El CESE tiene previsto lanzar un proyecto por separado para asignar los recursos y conocimientos técnicos adecuados.

1.9. El CESE pide a todas las instancias relacionadas con la aviación que se comprometan a aplicar una nueva estrategia de la aviación en la UE. Solamente si se superan los particularismos en la red de valor de la aviación europea, podrá esta recuperar el impulso y volver a aportar nuevas y valiosas contribuciones al desarrollo de la UE. Un firme liderazgo político de la Comisión Europea es indispensable.

1.10. El punto 3 del presente dictamen contiene recomendaciones más detalladas al respecto.

2.1. El sistema de transporte aéreo genera beneficios que van más allá del sector inmediato de la aviación. Además de ofrecer conectividad y movilidad a las personas y a las empresas, entre sus beneficios cabe citar: el comercio y el turismo, garantizar las inversiones, generar empleo y mejorar la productividad y la innovación, contribuyendo con ello al bienestar social.

2.2. En 2012 el sector del transporte aéreo generó directamente en Europa unos 2,6 millones de empleos; el gasto de los turistas que llegaron por vía aérea a su destino en Europa se calcula que indujo otros 4,7 millones de empleos, todo lo cual lo representó 279 000 millones de dólares estadounidenses (USD) en el PIB.

2.3. La fabricación de equipos y programas informáticos de aviación en Europa cumple los niveles de innovación más elevados del mundo. Lo mismo puede decirse de la innovación en materia de organización y...

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