Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de marzo de 2013, sobre el amaño de partidos y la corrupción en el deporte (2013/2567(RSP))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

29.1.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 36/137

El Parlamento Europeo,

— Vista la Declaración de Nicosia, de 20 de septiembre de 2012, sobre la lucha contra el amaño de partidos,

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de enero de 2011, titulada «Desarrollo de la dimensión europea en el deporte» (COM(2011)0012),

— Vista su Resolución, de 2 de febrero de 2012, sobre la dimensión europea en el deporte (1),

— Vista su Resolución, de 10 de marzo de 2009, sobre la integridad de los juegos de azar en línea (2),

— Visto el Libro Blanco sobre el deporte, de la Comisión (COM(2007)0391),

— Vista su Resolución, de 14 de abril de 2005, sobre la lucha contra el dopaje en el deporte (3),

— Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Lucha contra la corrupción en la UE» (COM(2011)0308),

— Vista su Resolución, de 15 de noviembre de 2011, sobre el juego en línea en el mercado interior (4),

— Vista la Comunicación de la Comisión Europea, de 23 de octubre de 2012, titulada «Hacia un marco europeo global para los juegos de azar en línea» (COM(2012)0596),

— Visto el Libro Verde de la Comisión, de 24 de marzo de 2011, sobre el juego en línea en el mercado interior (COM(2011)0128),

— Vista su Resolución, de 15 de septiembre de 2011, sobre los esfuerzos de la Unión Europea en la lucha contra la corrupción (5),

— Vista la acción preparatoria titulada «Asociaciones europeas en el ámbito del deporte» y, en particular, a la recopilación de proyectos centrados en la prevención de incidentes de amaño de partidos a través de la formación y la información a las partes interesadas pertinentes,

— Vista la Recomendación de la Comisión relativa a una Decisión del Consejo por la que se autoriza la participación de la Comisión Europea, en nombre de la UE, en la negociación de un Convenio internacional del Consejo de Europa para combatir la manipulación de los resultados deportivos (COM(2012)0655),

— Vistos los resultados del estudio sobre el amaño de partidos en el deporte, de marzo de 2012, encargado por la Comisión,

— Visto el Convenio contra el dopaje, del Consejo de Europa, de 16 de noviembre de 1989,

— Vista la Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa, de 28 de septiembre de 2011, sobre el fomento de la integridad en el deporte para luchar contra la manipulación de los resultados y, en particular, los partidos amañados,

— Visto el artículo 110, apartados 2 y 4, de su Reglamento,

A. Considerando que el equipo conjunto de investigación (ECI) de Europol, cuyo nombre en código es «Operación Veto», reveló una práctica extendida en los últimos años de amaño de partidos de fútbol, con 680 partidos sospechosos en todo el mundo, entre ellos 380 partidos en Europa, y que describió una vasta red de amaño de partidos que afecta de lleno al deporte, con 425 personas bajo sospecha y otras 50 detenidas;

B. Considerando que Europol ha afirmado que estas cifras son tan solo «la punta del iceberg»;

C. Considerando que un gran número de Estados miembros se ha visto afectado por el amaño de partidos y que esta práctica es motivo de gran...

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