P7_TA(2013)0066Resolución alternativa de litigios en materia de consumo ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo, de 12 de marzo de 2013, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, por la que se modifica el Reglamento (CE) no 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE (Directiva sobre RAL en materia de consumo) (COM(2011)0793 — C7-0454/2011 — 2011/0373(COD))P7_TC1-COD(2011)0373Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 12 de marzo de 2013 con vistas a la adopción de la Directiva 2013/…/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo y por la que se modifica el Reglamento (CE) no 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE (Directiva sobre resolución alternativa de litigios en materia de consumo)

SectionResolución legislativa
Issuing OrganizationParlamento Europeo

29.1.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 36/157

El Parlamento Europeo,

— Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2011)0793),

— Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0454/2011),

— Vista la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos sobre el fundamento jurídico propuesto,

— Vistos el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Vistos los dictámenes motivados presentados, en el marco del Protocolo (no 2) sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, por el Senado de los Países Bajos y por el Bundesrat alemán, en los que se afirma que el proyecto de acto legislativo no respeta el principio de subsidiariedad,

— Visto del dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 28 de marzo de 2012 (1),

— Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 12 de diciembre de 2012, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Vistos los artículos 55 y 37 de su Reglamento,

— Vistos el informe de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A7-0280/2012),

1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o...

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