Recomendación (UE) 2016/136 de la Comisión, de 28 de enero de 2016, sobre la aplicación de medidas contra los abusos en detrimento de los convenios fiscales [notificada con el número C(2016) 271]

SectionRecomendación

2.2.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 25/67

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 292,

Considerando lo siguiente:

(1) Los convenios fiscales desempeñan un papel importante en el fomento de la eficiencia del comercio transfronterizo al mejorar la seguridad de los contribuyentes en sus operaciones internacionales. Al celebrar un convenio fiscal los Estados contratantes acuerdan atribuirse recíprocamente derechos de imposición con el fin de eliminar la doble imposición e impulsar así la actividad económica y el crecimiento. Los convenios fiscales no deben generar posibilidades de no imposición o de reducción de impuestos mediante la elección abusiva de los acuerdos más favorables u otras estrategias abusivas que solo anulan el efecto de tales convenios y menoscaban los ingresos fiscales de los Estados contratantes. La Comisión Europea presta su pleno apoyo a los esfuerzos para hacer frente a los abusos en materia de convenios fiscales.

(2) Tras la publicación del informe «Lucha contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios» en febrero de 2013, en septiembre de ese año los países del G20 y de la OCDE aprobaron un Plan de acción de 15 puntos para combatir tales prácticas. Como resultado de esa colaboración, en octubre de 2015 se publicaron sendos informes finales sobre las acciones 6 (prevención de la obtención de beneficios abusivos derivados de los convenios) y 7 (prevención de la elusión artificiosa del estatuto del establecimiento permanente). Ambos informes proponen cambios en el Modelo de Convenio Tributario de la OCDE y su inclusión en el instrumento multilateral de aplicación de los resultados de los trabajos sobre los convenios para finales de 2016, tal como se establece en el proyecto común de la OCDE y el G20. En conjunto, los cambios propuestos en ambos informes deberían permitir a los países abordar sus problemas en materia de erosión de la base imponible y el traslado de beneficios en el marco de los convenios fiscales.

(3) El informe final sobre la medida 6 cita las prácticas abusivas en materia de convenios, y en especial la utilización abusiva de los convenios más favorables, como un problema grave en materia de erosión de la base imponible y traslado de beneficios, y propone un enfoque basado en distintos tipos de garantías contra los abusos y un cierto grado de flexibilidad para utilizarlas. Además de sugerir una aclaración...

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